El reglamento para la reducción del IVA en algunos materiales de construcción, con el fin de reducir el precio de las viviendas, se contrapone con el espíritu de la ley para la que fue creado, pues el SRI limita el espíritu de reactivación.
Una vez que la ley propuesta por el Presidente Daniel Noboa fue aprobada y entró en vigencia.
Allí se dispuso la emisión del reglamento que, por tratarse del ámbito tributario, le correspondió al Servicio de Rentas Internas (SRI).
Este organismo público, el SRI, en su afán tributarista y controlador, dejando a un lado la visión de desarrollo económico, limita y restringe el impulso.
Pues pone límites a las unidades de vivienda que un promotor inmobiliario puede desarrollar para acogerse a la reducción de impuestos.
“Se está poniendo límites al número de casas para acogerse al beneficio tributario”.
Con esto, en la práctica, medianos y grandes proyectos inmobiliarios no se beneficiarán de las ventajas de esta ley y con ello, aunque se tratara de proyectos populares, quedarían fuera.
La Asamblea Nacional debe analizar el reglamento y, de ser necesario, exigir que el SRI emita uno nuevo.
Uno acorde con el espíritu de reactivación económica de la ley y que no discrimine a determinados sectores de la construcción.
Editorial de El Diario publicado el lunes 10 de junio del 2024 en nuestra edición impresa.