Las sanciones que se imponen por infracciones de tránsito deben ser proporcionales a la gravedad y el riesgo de la misma.
Para estas sanciones se debe tener en cuenta también el riesgo que acarrea a otras personas la falta cometida por un conductor o peatón.
Para esto es necesario reformar dos leyes de suma importancia. La de Tránsito y también el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Con esto se promueve una aplicación más justa de las normas, al tiempo que se incentiva la adopción de actitudes más responsables entre los conductores.
Uno de los ejemplos a tratar para cambiar las sanciones de tránsito es por ejemplo cuando se multa por circular a exceso de velocidad.
No puede ser que tengan el mismo nivel de sanción cuando la infracción se comete en una vía urbana a cuando ocurre en carreteras estatales.
“Conducir a alta velocidad por sectores poblados entraña más riesgos”.
En áreas densamente pobladas o con mayor presencia de peatones, una infracción por velocidad es mucho más peligrosa.
Debido a esto se debe considerar que las sanciones deben ser con mayor severidad.
También se debería tomar en cuenta el estado de las carreteras y las condiciones climáticas para emitir las sanciones de tránsito.
En vías deterioradas, como hay algunas en Manabí, o lugares donde llueve, la velocidad excesiva es más peligrosa y se requiere conducir con mayor prudencia.
Estos cambios deben ir acompañados de campañas de educación vial para crear conciencia en peatones y conductores.
Y, en este caso, debe considerarse a todos, pues las sanciones de tránsito pueden ser cometidas por cualquiera, desde ciclistas hasta conductores de maquinarias.
Editorial de El Diario publicado el sábado 3 de agosto del 2024 en nuestra edición impresa.