Si bien en Ecuador las leyes avalan los derechos a la huelga y a la resistencia, la paralización de servicios públicos constituye un delito y, como tal, las autoridades deben intervenir para impedirlo.
En las últimas semanas, por diversos motivos, organizaciones de personas han amenazado y hasta ejecutado acciones como cierres de vías y suspensión de servicios básicos y públicos en varios cantones, a modo de protesta contra las autoridades.
Tales medidas, si bien se aplican para presionar a que se atiendan los requerimientos de esos grupos, vulneran el derecho de los ciudadanos al uso de servicios públicos.
Por ejemplo, al cerrar una carretera se impide que personas que no tienen nada que ver con el hecho por el que se reclama circulen libremente por el territorio nacional; al no recolectar la basura o paralizar servicios sanitarios, se vulnera el derecho a vivir en un ambiente sano y se pone en riesgo la salud de la comunidad.
“Los incumplimientos son responsabilidad de las autoridades, no de los ciudadanos”.
Las leyes tipifican la paralización de servicios públicos como delito y establecen sanciones severas contra quienes participan en estas acciones.
Por tanto, las autoridades de Gobierno deben actuar sin esperar denuncias.
Si hay retrasos en los pagos o si no se firman los contratos colectivos, es responsabilidad de las autoridades y la ciudadanía no tiene por qué pagar las consecuencias con la interrupción de los servicios por los que paga impuestos.
Editorial de El Diario publicado este domingo 7 de enero del 2024 en nuestra edición impresa.