Estados Unidos brindará asistencia a Ecuador en temas relacionados con interceptaciones aéreas y evitar el cometimiento de delitos.
Esto forma parte de una reciente trilogía de acuerdos de cooperación entre las fuerzas públicas de ambos países.
Los tres instrumentos se los firmó durante el gobierno de Guillermo Lasso y, tras el dictamen favorable de la Corte Constitucional (CC).
Estos pueden entrar en vigencia sin requerir de la ratificación de la Asamblea Nacional.
Solo hace falta el ‘ok’ final del presidente Daniel Noboa.
Se trata de Operaciones contra Actividades Marítimas Transnacionales Ilícitas y al Estatuto de las Fuerzas.
Gabriela Sommerfeld, canciller de Ecuador, señaló que esto permitirá que la cooperación pueda ser ejecutada de manera expedita.
Par su parte, Carlos Larrea, vicecanciller, destacó que son acuerdos de cooperación temporal, en el marco de la lucha contra el narcotráfico y el terrorismo.
Uso de ciertos equipos
Este documento en materia militar, se firmó en el gobierno de Guillermo Lasso con Estados Unidos, en mayo del 2023.
El 16 de junio fue remitido a la Corte Constitucional, para su revisión, y el 12 de julio esta le dio vía libre.
El documento establece que Ecuador se abstendrá de usar armas contra aeronaves civiles, excepto en caso de defensa propia.
El Estado no dañará, destruirá, ni inhabilitará ninguna aeronave civil en servicio. Tampoco amenazará con hacerlo.
Los disparos de advertencia se realizarán con municiones trazadoras (que durante su trayecto dejan una estela de luz).
Con ello deben asegurarse de que el piloto sea consciente de que ha sido interceptado.
La Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE) deberá evitar impactar, durante las interceptaciones aéreas, a otras aeronaves cercanas, personas o propiedades en tierra.
Y todo el personal civil y militar, en tierra o aire, vinculado a las actividades aéreas, que participe en los procesos de interceptación, deberá hacerlo de acuerdo a los protocolos y estándares internacionales.
Dicho acuerdo de interceptación aérea tiene apenas seis artículos y establece el marco bajo el cual los militares ecuatorianos podrán interceptar aeronaves sospechosas de tráfico ilícito de drogas.
Y esa presunción se establecerá por 17 factores. Entre ellos, si la aeronave en cuestión:
1. No presentó el plan de vuelo obligatorio.
2. Está volando inexplicablemente fuera de la ruta designada en su plan de vuelo aprobado.
3. Está volando a una altitud inexplicablemente baja. Está volando de noche con las luces apagadas.
4. Tiene números falsos en la cola o le faltan los números.
5. Tiene las ventanas oscurecidas.
6. Se halla estacionada sin permiso en una pista de aterrizaje no vigilada.
7. Ha dejado de responder inexplicablemente a todos los intentos de comunicación. Ha ignorado las órdenes de la Fuerza Aérea Ecuatoriana.