El presidente de la República, Daniel Noboa, deberá pedir licencia obligatoriamente, para hacer campaña electoral. Sí o sí, el primer mandatario tendrá que cumplir con esta disposición.
Enrique Pita, vicepresidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), dijo que es un requisito que debe cumplir. En diálogo con la cadena televisiva Teleamazonas, este lunes 2 de septiembre del 2024, Pita aclaró aquello.
Y es que Daniel Noboa, actual presidente, es precandidato para las Elecciones Generales del 2025. Participará por su movimiento Acción Democrática Nacional (ADN), que lleva el número 7 como el extinto PRIAN de su padre, Álvaro Noboa.
“El presidente de la República o cualquier funcionario en funciones que opte por una reelección, tiene que presentar licencia”, dijo Pita.
Daniel Noboa deberá encargar la presidencia
De acuerdo con la autoridad electoral puntualizó que la obligación del organismo es verificar que tal situación se dé. “Pero quien sanciona la incorrección o el incumplimiento de cierta situación es el Tribunal Contencioso Electoral (TCE)”, agregó.
Esto sería una infracción de carácter electoral que tiene que ser sancionada y vista por el TCE, detalló la autoridad. Ante esto, Daniel Noboa no tendría otra alternativa más que pedir la licencia respectiva, aunque esto no se confirma.
Asimismo, le consultaron sobre la posibilidad de que Noboa tenga licencias por horas, y no una de inicio a fin. A esto, Pita respondió que “ese es un asunto que va a tener que decidir el Tribunal Contencioso Electoral”.
“Porque al final del día la Ley es clara. La ley lo que determina es que al inicio de la campaña quien opte por su reelección (caso Daniel Noboa), tiene que pedir licencia”, enfatizó el vicepresidente del CNE.
Finalmente se desconoce si Noboa encargará las funciones a la Vicepresidenta Verónica Abad, con quien las relaciones están rotas. Incluso se habla del encargo a un ministro, una alternativa que no descartó el viceministro de Gobierno Esteban Torres en su momento.
La Ley Orgánica Electoral o Código de la Democracia, en su artículo 93 dispone que dignatarios que opten por la reelección inmediata al mismo cargo, deberán hacer uso de licencia sin remuneración desde el inicio de la campaña electoral.
Daniel Noboa está contemplado en este caso, pero su reemplazo es incierto.