Limitaciones en el uso de aviones y vehículos estatales, no contratar a familiares y no llevarlos en viajes oficiales, son tan solo algunas de las restricciones que el presidente ecuatoriano, Guillermo Lasso, ha incluido en un Código ético para el Ejecutivo.
Lasso, que asumió el pasado lunes el poder hasta 2025, ha dispuesto por medio de un decreto que familiares de funcionarios del Ejecutivo “hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, o aquellos con quienes exista una relación por uniones de hecho, no podrán ser contratados o designados para cargo público alguno en las que su familiar tuviere participación directa”.
Están exentos aquellos funcionarios que hubieren obtenido nombramiento, designación o contrato de forma previa a la designación de los funcionarios de nivel jerárquico superior del Ejecutivo, en cuyo caso deberá informarse a las autoridades correspondientes.
Asimismo, prohíbe la participación, acompañamiento o viaje de familiares en los mencionados grados de consanguinidad y afinidad en misiones diplomáticas o de naturaleza similar para atender asuntos públicos con financiación pública.
La salvedad radica en aquellos casos en que el acompañamiento sea necesario por exigencias de protocolo y requerimientos de otros países o instancias internacionales, y en todo caso, “sin erogación alguna de recursos públicos”, reza el documento.
Señala, además, que el o la cónyuge del presidente y vicepresidente de la República no recibirán sueldo, remuneración o compensación a cualquier título.
Sobre el uso de los bienes del Estado, señala que los aviones presidenciales se utilizarán exclusivamente para asuntos de carácter oficial del Estado y que hasta 48 horas después del viaje se debe remitir la lista de pasajeros, descripción de la carga de cada pasajero, la ruta del avión, el destino del viaje y su propósito.
El Código prohíbe asimismo el uso de los vehículos del Estado para actividades ajenas al ejercicio del cargo, y en lo relativo a regalos, señala que no se deberán aceptar obsequios o cualquier tipo de beneficio, dádiva o recompensa, o cualquier beneficio similar incluyendo invitaciones para vacaciones, entre otros.
Y en cuanto a la promoción de la imagen personal, dispuso que los organismos y entidades de la Función Ejecutiva no podrán destinar fondos públicos para realizar campañas para esos fines.
Prohibió también la exposición de retratos de las autoridades en las oficinas públicas y el uso de las instalaciones y oficinas públicas para reuniones personales, fiestas o eventos ajenos al interés publico.
Con el Código, Lasso refrenda su oferta de campaña electoral de combatir la corrupción en Ecuador, país donde en los últimos años ha habido una serie de denuncias en ese sentido y donde en la administración de Rafael Correa (2007-2017) ya se estableció que los funcionarios públicos debían presentar su declaración de bienes. EFE