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Los controles que debe ejercer el Consejo Nacional Electoral (CNE) en torno a la publicidad anticipada de los candidatos no pueden aplicarse en el plano real, debido a lo complejo de la tarea y la falta de una normativa completa.

Si bien la campaña no ha iniciado en su fase formal, es lógico que los candidatos busquen darse a conocer y difundir sus propuestas debido a que un plazo de 45 días es poco tiempo para estos fines.

Y no solamente existe ese interés por parte de los candidatos, sino también del electorado interesado en conocer dichos planes.

“Es lógico que los candidatos busquen promocionarse y difundir sus planes”.

Así, el CNE toma en cuenta los gastos visibles de la campaña anticipada, como las pancartas y los anuncios en los medios, pero existen otros rubros, como las visitas, los donativos, la contratación de estrategas, la publicidad en páginas web y redes sociales, en los que ni siquiera se repara.

El Código de la Democracia, promulgado en el año 2009, fue creado, en parte, para hostigar y controlar a los medios de comunicación tradicionales y limitar la publicidad electoral.

Año tras año, se ha perdido la posibilidad de que la Asamblea Nacional lo modifique y lo vuelva aplicable a la realidad.

Editorial de El Diario publicado este martes 22 de noviembre del 2022 en nuestra edición impresa.