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El Código de la Democracia, como está establece formas de censura en los mensajes publicitarios de los candidatos a cargos de elección popular, pues previo a la publicación deben recibir la aprobación de funcionarios que valoran el contenido.

Un candidato no puede usar espacios publicitarios oficiales para hacer denuncias en contra de otros aspirantes; tampoco se puede hacer señalamientos de las ofertas que no se cumplieron.

En una campaña electoral, el foro debe estar abierto, tanto para los mensajes propositivos como para las denuncias.

El ciudadano debe conocer a fondo quién va a administrar los recursos públicos, entendiéndose como tal al conjunto de políticas, servicios, bienes y otros elementos inherente a la administración de las entidades estatales.

“El hecho de que haya filtros para los mensajes es una forma de censura previa”.

Que sea la sociedad la que decida, con un criterio general, si algún mensaje agrede a alguien o transgrede las normas.

El hecho de que el Estado tenga un filtro para los mensajes en tiempos de campaña política es una forma de censura previa.

El Código de la Democracia debe ser sometido a revisión, no solamente en la forma, como se ha hecho hasta ahora, sino también para analizar procedimientos que, como en este caso, establecen formas de censura para los candidatos que, a la postre, afectan al derecho de los ciudadanos a conocer mejor a sus futuras autoridades.

Editorial de El Diario publicado este jueves 2 febrero del 2023 en nuestra edición impresa.