Un juez constitucional, a través de un habeas corpus, declaró la vulneración de los derechos de los privados de libertad en las cárceles del país.
Además, habrá reparación integral de derechos.
La sentencia la dictó de forma oral el 9 de febrero de 2024 el juez Manuel Peña Estupiñán.
El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH) presentó un pedido de habeas corpus el 30 de enero de 2024 en favor de siete personas privadas de la libertad que requerían atención médica y que se les había restringido medicación desde hace 3 semanas, según explicó a Expreso el comité.
El juez declaró la vulneración de los derechos de los reos por parte del Estado ecuatoriano a través de las Fuerzas Armadas, por acción, y el Servicio de Atención a las Personas Privadas de la Libertad (SNAI), por omisión.
Por acción, ya que las Fuerzas Armadas, que están interviniendo las prisiones, incurrieron en acciones que atentaron contra la integridad en contra de las personas privadas de la libertad al someterlos a maltratos que podrían llegar a ser tortura.
Vulneración de derechos en cárceles
Asimismo de omisión, ya que el SNAI no está cumpliendo con su competencia de gestionar los centros carcelarios, añade el medio.
Como reparación integral, el juez constitucional resolvió que el Estado debe brindar atención médica ininterrumpida a los presos.
Además de dar seguimiento al estado de su salud mental.
Así como brindan acceso a luz, agua potable, alimentación, colchones, entre otras cosas.
Del mismo modo, dispuso que la Defensoría del Pueblo investigue en un plazo de 45 días los actos de tortura que han existido en las cárceles del país.
También exhortó a las Fuerzas Armadas a que cumplan su labor respetando la ley y la dignidad de las personas, agrega Expreso.
“La tortura debe ser condenada sin condiciones. Es una grave violación a los derechos humanos que no se justifica por la obediencia a órdenes superiores”, destacó el CDH tras conocer la resolución.