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La liberación del exvicepresidente Jorge Glas ha abierto una polémica política y judicial que debe ser aclarada por los organismos de justicia y el Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI).

Glas salió después de que un juez aceptara un recurso de habeas corpus, en vista de que había cumplido ya el 60 % de la condena por la que guardaba prisión en la cárcel de Latacunga.

El habeas corpus es una acción que puede ser aplicada por toda persona que se considere ilegal, arbitraria e ilegítimamente detenida.

Los juristas deben explicar si se puede aplicar, también, en este caso, en el que hay tres sentencias, dos de ellas ya ejecutoriadas por los delitos de asociación ilícita y cohecho, además de un proceso por peculado cuya apelación está pendiente de resolver.

“Lo ocurrido deja notar la condición de subjetividad que tienen las leyes ecuatorianas”.

Si la detención fue ilegal, quienes deberían dar una explicación son los jueces que la dispusieron inicialmente, pues Jorge Glas ha pasado 1.645 días privado de la libertad.

En todo caso, lo ocurrido deja notar la condición de subjetividad que tienen las leyes ecuatorianas, que pueden ser interpretadas de forma distinta, según el punto de vista del juzgador.

El caso deberá ser analizado a la luz de todas las variables. Es un caso que, sin duda, constituirá jurisprudencia.

Editorial de El Diario publicado este lunes 11 de abril del 2022 en nuestra edición impresa.