Las autoridades, en conjunto con la Policía Nacional, deben investigar y sancionar, de ser necesario, los casos de utilización de menores de edad en actividades como la mendicidad, el tráfico de drogas, la extorsión y la venta de alcohol y tabaco.
El Código de la Niñez y la Adolescencia prohíbe prácticas como la explotación infantil. Aun así, en las calles se encuentran casos de menores de edad en situación de riesgo, que son utilizados para la mendicidad o en actividades nocturnas que no son compatibles con su condición.
En muchas ocasiones, las autoridades aseguran que se trata de personas en condiciones de movilidad, pero ni siquiera eso debería ser motivo para permitir estas acciones, pues debe primar la protección de los menores.
Hace pocos días las autoridades emitieron sanciones contra tres mujeres que utilizaban a sus hijos en trabajos nocturnos, como la venta de cigarrillos, en zonas de afluencia turística de Manta.
“Lo que debe primar es la protección de niños y adolescentes”.
Si bien la complejidad de los problemas sociales motiva a muchos padres a tomar decisiones de este tipo, las leyes prohíben la explotación infantil.
No es lo mismo que un menor de edad ayude a sus padres en un comercio, como una tienda, por ejemplo, que lo haga pidiendo dinero en la vía pública.
Lo ocurrido no debería ser la excepción. Las autoridades deben asumir con firmeza la responsabilidad de proteger a los niños y adolescentes.
Editorial de El Diario publicado este sábado 30 de julio del 2022 en nuestra edición impresa.