Compártelo con tus amigos:

La continuidad  o no de Javier Pincay como alcalde de Portoviejo se vuelve a debatir. En un plazo de tres días, el Ministerio de Trabajo registraría la sanción que impuso el TCE.

Se trata de la suspensión de sus derechos de participación durante dos años, impuesta por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) el 29 de junio.

Esto por incurrir en grave infracción electoral, según el organismo.

Javier Pincay recibió esta sentencia por no haber participado en el debate obligatorio mientras era candidato a la alcaldía de Portoviejo.

Pincay sufrió un atentado contra su vida y argumentó asuntos de salud para no participar, pero el excandidato José Miguel Mendoza denunció el hecho.

Ayer, con una segunda causa de auto sustanciación, el TCE dispuso al Ministerio de Trabajo que registre la sanción. La primera vez fue el 27 de julio, entonces ofició al  CNE y al Ministerio de Trabajo para que remita el cumplimiento de la sentencia.

Lo que establece la Constitución

El documento, publicado ayer, hace referencia al criterio expuesto por la  Dirección de Asesoría Jurídica de la cartera de Estado sobre la “imposibilidad formal y material para registrar la suspensión de derechos de participación solicitada en sentencia”.

El TCE precisa lo que se establece en el artículo 61 de la Constitución, que los derechos de participación “no se circunscriben únicamente a los ‘derechos de participación política electoral’, como, según dice, afirma el funcionario del Ministerio del Trabajo, pues entre los demás derechos de participación constan los previstos en los numerales 2 y 7 de la citada norma constitucional, esto es: ‘Participar en los asuntos de interés público’”.

Y añade que, “si la facultad de participar en los asuntos de interés público, y desempeñar funciones y empleos públicos, se ejerce a través de los derechos de participación, el señor Javier Humberto Pincay Salvatierra se encuentra impedido de ejercerlos mientras dure el período de suspensión de tales derechos, lo cual no está sujeto a interpretaciones de las autoridades del Ministerio del Trabajo”, asegura textualmente el documento.

El texto establece que la sanción deberá ser registrada en un término de tres días a partir de la notificación.

Roosevelt Cedeño, abogado defensor de Javier Pincay, detalló que una cosa es la suspensión de derechos de participación y otra el impedimento laboral.

“El juez dispone que se registre la sanción de suspensión de derechos de participación.

Medidas tras anuncio del TCE

Eso debe entendérselo de que el Pleno del TCE no ha destituido al licenciado Pincay de sus funciones de alcalde y también aclaró que la sanción no implica que deje de ejercer las funciones de alcalde. Por lo tanto, el Ministerio de Trabajo lo que debe hacer es dar cumplimiento de la sentencia y registrar la suspensión de derechos de participación”, dijo.

Agregó que los impedimentos laborales están registrados en la Ley de Servicio Público y en la Constitución. “En ninguna de las dos tiene como causal la suspensión de derechos de participación”.

Cedeño mencionó que el cargo que ejerce Pincay es por voluntad popular, que bajo el principio democrático no puede ser alterado por un ente del Estado “a no ser que exista sentencia penal ejecutoriada, que no es el caso”.

Por su parte, Gabriel Farfán, especialista en Derecho constitucional, indicó que con este documento ya no queda duda de que debe inscribirse en el Ministerio de Trabajo la prohibición de ejercer el cargo contra Javier Pincay, por la suspensión de sus derechos de participación.

“Lo que ha hecho el juez es disponerle  nuevamente al ministro que inscriba esta suspensión, pues si no lo hace, entiendo, le van a imponer las multas y van a remitir el proceso a la Fiscalía, por cuanto se estaría configurando el delito de incumplimiento de decisión de autoridad competente”, explicó el jurista.

Farfán detalló que una vez que se registre el impedimento, en el concejo cantonal deberá activarse el mecanismo de remoción del cargo, ya que, si bien no está destituido, sí tiene un impedimento para ejercer la función de alcalde.

Este medio intentó obtener la versión del alcalde, pero no hubo respuesta.