El Consejo de la Judicatura (CJ) resolvió este 30 de septiembre de 2025 destituir al asistente de la Fiscalía Provincial de Pastaza, identificado como R.X.S.O.. Esta decisión se tomó luego de comprobarse que incurrió en acoso sexual contra una servidora judicial. Esta conducta está tipificada como infracción gravísima en el artículo 109.10 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ).
Proceso disciplinario y pruebas valoradas
La decisión fue adoptada por unanimidad por los cuatro vocales del CJ. También participó su presidente Mario Godoy, tras la valoración de los elementos recabados en el expediente. Se incluyeron las versiones libres y voluntarias de las partes.
El análisis determinó que el funcionario sancionado incurrió en conducta prohibida por el COFJ. Este código establece la destitución para quienes acosen sexualmente a inferiores jerárquicos, compañeros de trabajo o usuarios de la Función Judicial.
Normativa y marco legal
El artículo 109.10 del COFJ señala expresamente que constituye infracción gravísima “acosar sexualmente a los inferiores jerárquicos, compañeros de trabajo o usuarios de la Función Judicial”. La sanción establecida en estos casos es la destitución inmediata.
La medida busca garantizar un ambiente laboral seguro, respetuoso y acorde con los principios éticos que deben regir en el sistema judicial ecuatoriano.
Compromiso institucional del Consejo de la Judicatura
En un comunicado, el CJ destacó que esta resolución reafirma su política de tolerancia cero frente al acoso sexual. Asegura además la protección de los derechos de los servidores judiciales.
La institución enfatizó que su objetivo es fortalecer la confianza ciudadana en la administración de justicia. Desean también eliminar prácticas que atenten contra la dignidad de los funcionarios y usuarios del sistema. (12)