La Constitución Política de Ecuador y las leyes son violadas a diestra y siniestra en mi país, nadie las respeta...

No es dable que un ministro o secretario de Estado use el uniforme policial para participar directamente en operativos.  Explico por qué, y según la normativa ecuatoriana vigente.

El uniforme es de uso exclusivo de la Policía Nacional. El Reglamento de Uniformes de la Policía Nacional (Acuerdo Ministerial Nro. 0020) establece que: Artículo 2: El reglamento rige para "las y los servidores policiales que laboran en la Policía Nacional".Artículo 3 : Su observancia es "obligación de las y los servidores policiales, dentro y fuera del territorio nacional".

O sea, el reglamento regula el uso del uniforme solo para el personal policial en servicio activo.

El ministro del Interior es autoridad civil, no policía operativa, y por lógica no debería usar el uniforme policial para los operativos.

La Constitución y la Ley de Seguridad Pública y del Estado dejan claro el rol:  Art. 158 CRE: "La protección interna y el mantenimiento del orden público son funciones privativas del Estado y responsabilidad de la Policía Nacional".Art. 11 Ley de Seguridad Pública: El Ministerio del Interior es el ente rector del orden público, pero "corresponde a la Policía Nacional su ejecución".

El ministro ejerce la rectoría política, planificación y control administrativo. No es servidor policial, por lo tanto no está habilitado para portar el uniforme operativo.

El uso indebido de uniformes está siendo penalizadoLa Asamblea tramita la Ley Orgánica para Prevenir y Sancionar el Uso Delictivo y la Simulación de Funciones mediante Uniformes de Seguridad Pública.

El objetivo es sancionar a quienes usen uniformes para hacerse pasar por policías y militares y después cometer delitos. Aunque el proyecto apunta a delincuentes, refuerza el principio de que el uniforme es símbolo de autoridad policial legítima y su uso está restringido.

¿Qué puede hacer el ministro? Puede supervisar, dirigir y participar en los operativos vistiendo ropa civil con identificación oficial, chaleco antibalas con la leyenda "Ministerio del Interior", o el uniforme de su cargo. Lo que no puede es ponerse el uniforme policial con insignias, grados y distintivos de la institución.

Hay precedentes: el exministro Juan Zapata dirigía operativos con ropa civil o traje formal, nunca usó el uniforme de la Policía.

En resumen, lo que quiero aclarar es que un ministro no puede usar el uniforme oficial de la Policía Nacional para operativos. Solo el personal policial activo puede portarlo. Hacerlo sería usurpación de funciones y va contra el reglamento de uniformes y la lógica de separación entre autoridad política y fuerza operativa.

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