El decreto 741 con el que se activa la muerte cruzada y se disuelve la Asamblea Nacional en Ecuador ya se publicó en el Registro Oficial.
Con este el decreto entra en vigencia y corren los plazos establecidos.
Una vez que se ha invocado el artículo 148 de la Constitución, el CNE tiene un plazo máximo de siete días para convocar a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los respectivos periodos.
Enrique Pita, vicepresidente del CNE, indicó que en no menos de 90 días, los ecuatorianos acudirán a las urnas.
Los 137 asambleístas que fueron electos en los comicios generales del 2021 podrán postularse nuevamente a una reelección. Al igual que Lasso.
Hasta que se desarrollen las elecciones y se concrete la instalación de la nueva Asamblea Nacional y del resto de autoridades, el presidente se mantendrá gobernando mediante decretos ejecutivos de urgencia económica, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional.
¿Qué dice el decreto de muerte cruzada?
- Artículo 1. Disolver la Asamblea Nacional por grave crisis política y conmoción interna. De conformidad con el artículo 148 de la Constitución de la República del Ecuador.
- Artículo 2. Notifíquese al Consejo Nacional Electoral para que convoque a elecciones de dentro del plazo de siete días. De conformidad con lo establecido en el inciso tercero del artículo 148 de la Constitución de la República.
- Artículo 3. Notifíquese a la Asamblea Nacional la terminación de pleno derecho los períodos para los cuales fueron designados las y los asambleístas. Adicionalmente, la terminación anticipada de los contratos del personal legislativo ocasional. Esta disolución no otorga a las y los asambleístas ni al personal legislativo ocasional, derecho a reparación o indemnización alguna, conforme lo establece de manera expresa el artículo 50 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.