Entre los años 2016 y 2026, Perú ha tenido ocho presidentes: Pedro Pablo Kuczynski, Martín Vizcarra, Manuel Merino, Francisco Sagasti, Pedro Castillo, Dina Boluarte, José Jerí y el actual José María Balcázar. Cabe analizar las posibles razones para que esto haya sucedido.

En primer lugar, desde su independencia, ha tenido una presencia militar recurrente en el ejercicio del poder. En el marco constitucional, un recurso legal utilizado de manera persistente ha sido la "incapacidad moral permanente", la cual se origina en la Constitución de 1839. En su inicio, fue concebida por la legislatura como una facultad para tratar los casos de desequilibrio mental que pudiera tener un mandatario.

Tal disposición, con el tiempo, mutó posiblemente hacia un régimen democrático parlamentario no consolidado. Después del "autogolpe" presidencial de Alberto Fujimori en 1992, la Constitución de 1993, en su artículo 113, inciso 2, engloba conductas éticas incapacitantes para ejercer el cargo, definidas por el Congreso. Es decir, la insistencia en un parlamentarismo fuerte frente a un presidente dócil como resultado electoral, pero con especificación legal.

En segundo lugar, está la escasa institucionalidad y la alta fragmentación de los partidos políticos. Su presencia se visibiliza en los momentos electorales. Funcionan más como grupos políticos de presión o clubes electorales, los cuales resultan funcionales para obtener los beneficios del ejercicio del poder.

En tercer lugar, está el entendimiento del poder político como una meta válida en sí misma y no como un recurso para lograr el desarrollo social.

En cuarto lugar, existe una situación social marcada por constantes demandas insatisfechas. Tal situación vuelve vulnerables a los sectores sociales pobres frente a grupos organizados con apariencia política.

La reforma constitucional restablece el sistema bicameral en Perú a partir de julio de 2026. Según el artículo 134 de la Constitución Política del Perú, la Cámara de Senadores no puede ser disuelta. Si el presidente procede a disolver el Parlamento, solo afectará a la Cámara de Diputados. En su ausencia, el Senado asume el control de la función legislativa. Incluso, el Senado puede decidir la vacancia del propio presidente de la República.

Un maremágnum legal donde la forma política no corresponde con las necesidades ni con los contenidos reales de los sectores sociales mayoritarios.

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