En el quinto suplemento del Registro Oficial 316, del miércoles 1 de julio de 2026, está publicada la Ley Orgánica Reformatoria para Prevenir y Sancionar el Uso Delictivo de Uniformes, Insignias y Distintivos Institucionales para el Fortalecimiento de la Seguridad Pública, cuerpo jurídico que se utiliza para reformar varias leyes, violando el art. 136 de la Constitución, que establece que los proyectos de ley "deberán referirse a una sola materia".

Entre las varias leyes modificadas, en el art. 20 se reforma la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, donde, a continuación de su art. 76, se incorpora el siguiente artículo innumerado: "Art. (...) Eliminación controlada de información clasificada.- La Contraloría General del Estado, mediante resolución debidamente motivada y observando estrictas medidas de seguridad institucional, dispondrá la eliminación, destrucción o borrado seguro de documentos físicos y digitales que contengan información confidencial o clasificada como reservada, secreta o secretísima, relacionada con procesos, actuaciones, exámenes especiales, auditorías o expedientes institucionales, dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario, una vez concluidos y ejecutados conforme el ordenamiento jurídico".

El segundo inciso de este mismo artículo, ya vigente, dice: "El procedimiento deberá garantizar la trazabilidad, integridad, control y registro de las actuaciones realizadas, así como la aplicación de protocolos técnicos de seguridad física y digital". ¿De qué "protocolos técnicos de seguridad física y digital" hablan si están autorizando en forma expresa la eliminación de información?

El tercer inciso establece: "No podrá disponerse la eliminación o destrucción de información relacionada con procesos judiciales pendientes, investigaciones penales vigentes, responsabilidades civiles, administrativas o indicios de responsabilidad penal no prescritos". Regulación que abre las puertas para que todos los procesos de peculado, enriquecimiento ilícito, cohecho o concusión, entre muchos otros delitos, no pendientes, no vigentes o ya prescritos por el tiempo, o porque se dictó una sentencia, puedan ser objeto de desaparición documental para que nadie en el futuro, ninguna generación ni historiador, pueda enterarse jamás de las pillerías de delincuentes de cuello blanco.

En el art. 13 se reforma la Ley Orgánica de Comunicación, donde, en el art. 74, incorporan un texto que obliga a "destinar una hora diaria, no acumulable, para la transmisión de programas oficiales de teleeducación (...) orientados a promover el conocimiento y la correcta identificación de los uniformes, equipamiento, indumentaria, insignias, distintivos institucionales (...)". Las sabatinas de Correa duraban 3,5 horas semanales; ahora utilizarán cinco horas. 

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