La jueza Karen Alarcón rechazó este 11 de junio de 2026 el pedido de caución presentado por la defensa del alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, y ratificó la medida cautelar de prisión preventiva dentro del denominado caso Grillete. La solicitud buscaba obtener la libertad del funcionario mientras continúa el proceso judicial por presunto incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente.
La audiencia se desarrolló un día después de que la defensa entregara once documentos para sustentar el pedido de fianza. Los abogados argumentaron que esos certificados demostraban arraigo familiar, laboral y social, así como el compromiso del alcalde de comparecer ante la justicia cuando sea requerido.
Entre los documentos presentados constaron el certificado de matrimonio con Fiorella Icaza, certificados de nacimiento de sus tres hijos, registros laborales y de aportaciones al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), documentos relacionados con su residencia y certificaciones judiciales sobre la inexistencia de sentencias ejecutoriadas en su contra.
Documentos presentados para solicitar la caución
La defensa también entregó un resumen de los procesos judiciales registrados en el sistema Satje, donde se señala que esta era la primera solicitud de caución presentada por Alvarez dentro del caso Grillete. Además, se incorporó documentación relacionada con el propio proceso penal y tres certificados que contenían actas resumen de audiencias de caución efectuadas en esta causa.
Pese a esos elementos, la jueza resolvió negar el recurso y mantener vigente la prisión preventiva. Con esta decisión, Aquiles Alvarez continuará privado de libertad mientras avanza la investigación y el proceso judicial.
Antecedentes del caso Grillete
La causa se originó después de que la fiscal Lisseth Barragán formulara cargos contra el alcalde el 16 de marzo de 2026. La acusación se fundamentó en informes policiales relacionados con un allanamiento realizado el 10 de febrero de 2026 en el domicilio del funcionario.
Según esos informes, durante la diligencia se constató que Alvarez no utilizaba el dispositivo de vigilancia electrónica que le había sido impuesto por disposición judicial. La negativa a la fianza se suma a otra resolución emitida el 20 de mayo de 2026, cuando un tribunal presidido por el juez Leodán Coronel rechazó una apelación presentada por el alcalde y confirmó la prisión preventiva.
En esa resolución se valoró un informe de monitoreo del dispositivo electrónico. El documento registró 33 alarmas de "pulsera quitada", descritas en el expediente como una situación de alta gravedad. También fueron consideradas las versiones de los agentes que participaron en el allanamiento.
Cambios en el SNAI durante el proceso
En medio del desarrollo del caso Grillete, el Servicio Nacional de Atención Integral para Personas Adultas y Adolescentes Infractores (SNAI) removió el 6 de junio de 2026 a Elionora Salazar Bravo del cargo de directora de Penas Privativas de Libertad, Dispositivos de Vigilancia Electrónica y Reinserción.
Salazar había remitido un escrito al juez de la causa el 19 de mayo, mediante el cual solicitó que el SNAI fuera reconocido como acusador particular en calidad de víctima dentro del proceso contra Aquiles Alvarez. La defensa del alcalde cuestionó esa actuación y sostuvo que la funcionaria no estaba facultada para representar legalmente a la institución, debido a que no era su máxima autoridad.
Tras su salida, Javier Cevallos Chávez asumió el cargo. Posteriormente notificó al juez la participación de un abogado para representar a la entidad en el caso Grillete y en la audiencia de caución realizada este 11 de junio. Con la resolución emitida por la jueza Karen Alarcón, la prisión preventiva de Aquiles Alvarez permanece vigente mientras continúa la tramitación del caso Grillete, uno de los procesos judiciales de mayor atención pública en Ecuador.
