La ley antimafias de Ecuador arranca su camino legislativo para transformar la respuesta estatal frente al crimen organizado transnacional. La legisladora oficialista por la bancada Acción Democrática Nacional (ADN), Mishel Mancheno, formalizó la propuesta este 1 de junio de 2026.
El documento normativo plantea catorce modificaciones sustanciales dentro de la estructura jurídica vigente en el territorio nacional. Los cambios normativos operan sobre once artículos del Código Orgánico Integral Penal, un eje de la norma de extinción de dominio.
Reformas al COIP y la ley antimafias de Ecuador
La propuesta legal busca neutralizar aquellos espacios jurídicos vacíos que facilitan la expansión de los grupos delictivos organizados. Las bandas criminales actualmente reclutan ciudadanos, utilizan recursos logísticos complejos y sostienen estructuras económicas paralelas de manera impune en las provincias.
Por este motivo, la ley antimafias de Ecuador delimita los niveles de participación interna para desestructurar de forma integral estas redes delictivas. Incluso los cabecillas detenidos conservan el control de sus patrimonios ilegales debido a las deficiencias del sistema administrativo penal actual.
Roles delictivos identificados
La parlamentaria proponente argumenta que el fenómeno delictivo opera mediante una estructura circular con diversos anillos periféricos de asistencia. El centro criminal requiere de financistas, coordinadores logísticos, transportistas habituales, encargados del lavado de activos y redes de protección política o judicial.
Estas modificaciones específicas permitirán sancionar a quienes proveen bodegas, inmuebles o vehículos destinados al acopio de cargamentos prohibidos. Asimismo, la ley antimafias de Ecuador incrementa el control penal sobre los delitos energéticos vinculados al tráfico ilícito de combustibles comerciales.
"Esta es una ley que debilita a las bandas, protege a la ciudadanía y fortalece la capacidad de respuesta del Estado frente al crimen organizado", subrayó Mancheno, al destacar que esta iniciativa nace gracias a la cooperación internacional con la República Italiana y al intercambio de experiencias con Estados Unidos y, en Latinoamérica, con Argentina, que ya cuenta con una Ley Antimafias.
Destino de los bienes incautados
Las reformas incorporadas a la Ley Orgánica de Extinción de Dominio establecen directrices claras para la administración provisional de bienes. Las autoridades judiciales dispondrán el uso temporal de propiedades incautadas para evitar la pérdida de valor comercial por desuso prolongado.
El Estado ecuatoriano podrá reasignar estos recursos económicos hacia proyectos de utilidad social o de seguridad pública de forma inmediata. Con la ley antimafias de Ecuador los activos vinculados a investigaciones penales complejas dejarán de permanecer en bodegas estatales improductivas.
Mayor control al sistema judicial
El Código Orgánico de la Función Judicial también registra variaciones operativas importantes para transparentar el desempeño de los operadores locales. Los magistrados asumirán responsabilidad disciplinaria directa cuando emitan resoluciones sobre prisión preventiva sin cumplir con la motivación técnica rigurosa obligatoria.
Por otra parte, la ley antimafias de Ecuador impone la inhabilitación profesional definitiva a los abogados en libre ejercicio penal sentenciados. Esta sanción drástica aplicará siempre que los defensores utilicen su actividad laboral para encubrir u obstruir las investigaciones en curso.
El documento está compuesto por tres artículos reformatorios, una disposición general y una disposición final. En total, contempla 14 reformas legales: 11 al Código Orgánico Integral Penal (COIP), una a la Ley Orgánica de Extinción de Dominio y dos al Código Orgánico de la Función Judicial.

