El presidente Daniel Noboa presentó un pedido formal de referéndum y consulta popular a la Corte Constitucional (CC), este 14 de agosto de 2025. El documento incluye cuatro preguntas clave que buscan modificar aspectos constitucionales fundamentales del país. La presentación ocurre en un contexto político cargado de debate y expectativa ciudadana.
Las propuestas de Noboa para el referéndum abordan la contratación laboral por horas, la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana, la reducción del número de asambleístas y el juicio político a jueces de la Corte Constitucional. Cada una de estas interrogantes está acompañada por justificaciones y anexos detallados.
La propuesta sobre la contratación por horas, específicamente en el sector turístico, pretende modificar el artículo 327 de la Constitución e incluye una disposición transitoria que busca flexibilizar las condiciones laborales. Este planteamiento apunta a dar respuesta a las nuevas dinámicas del mercado laboral y las necesidades del sector turismo en Ecuador.
La pregunta del referéndum:
¿Está usted de acuerdo con permitir la contratación laboral por horas, únicamente para el sector de turismo, siempre que se trate de la primera relación laboral, garantizando los derechos laborales y respetando los derechos adquiridos de los trabajadores, enmendando la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?
El anexo detalla:
i. Sustitúyase el artículo 327 de la Constitución de la República del Ecuador por el siguiente texto:
“Art. 327.- La relación laboral entre personas trabajadoras y empleadoras será bilateral y directa.
Se prohíbe toda forma de precarización, como la intermediación laboral y la tercerización en las actividades propias y habituales de la empresa o persona empleadora, o cualquiera otra que afecte los derechos de las personas trabajadoras en forma individual o colectiva.
El contrato por horas únicamente será permitido en el sector turístico, cuando se celebre por primera vez entre el empleador y el trabajador.
El incumplimiento de obligaciones, el fraude, la simulación y el enriquecimiento injusto en materia laboral se penalizarán y sancionarán de acuerdo con la ley”.
ii. Disposición transitoria: La Asamblea Nacional en el plazo de 90 días desde la proclamación de los resultados del referéndum constitucional en el Registro Oficial realizará las reformas legales respectivas para cumplir con esta reforma constitucional.
En primer lugar, la Corte Constitucional debe determinar si la vía planteada por el Gobierno para estas preguntas, que corresponde a una enmienda, cumple con lo establecido en la Constitución de Ecuador.