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conmemoración
Los más pequeños en voz muy alta
Jean Carlos Ramos y Alexis Rivas, de 3 años de edad, juegan en el aula de clases

Entre titubeos y con un poco de timidez Luis Moreira recuerda uno de sus derechos: "Los niños tenemos derecho a la educación, a la vida y a ser felices".

Jueves 20 Noviembre 2008 | 16:54

Él tiene cuatro años de edad y posiblemente no sepa la importancia de tener derechos y deberes. Hoy, 20 de noviembre, ha quedado institucionalizado como el Día Internacional de los Derechos del Niño, o Día Universal de la Infancia. La celebración de este día no pasa a mayores, pues según Connie Loor, directora del Instituto Nacional de la Niñez y la Familia (INNFA) lo que se conmemora más es el Día del Niño, el 1 de junio. A favor de ellos La entidad a la que representa Loor, actualmente cuenta con varios programas que trabajan a favor de los más pequeños de la casa. Entre ellos, recalca Loor, se encuentra el programa "No al trabajo infantil". En éste, especifica, se busca informar a los dueños de empresa, padres de familia y a los mismos niños, el peligro que corren al trabajar y la importancia de estudiar. El programa se desarrolla desde 1991; actualmente en Portoviejo se atienden a 630 niños y en Manta a 600. Además, la institución tiene otros programas como el del No maltrato infantil, Desarrollo infantil, Cuidado diario, Creciendo con nuestros hijos (CNH), entre otros. Esta es una fecha que hace recordar que un niño no es solamente un ser frágil que necesita que se le proteja, sino también una persona que tiene el derecho a ser educada, cuidada y protegida. Mercedes Farfán PROFESORA u "Los padres y profesores debemos enseñarles los derechos que tienen y estimularlos para que los hagan respetar". Luis Andrés Moreira 3 años u "Lo que sé es que los niños tenemos derecho a la educación, a la vida, a la salud y debemos ser siempre felices". Connie Loor directora innfa u "Sin dudas, el 1 de junio es más conmemorado. Sin embargo, los derechos deben ponerse en práctica siempre". los niños tienen derecho a: I.- Derecho a la identidad: El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y una nacionalidad, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos. El gobierno tiene obligación de proteger la identidad, el nombre, la nacionalidad y las relaciones familiares del niño. II.- Derecho a la familia: El niño tiene derecho a vivir con uno o ambos padres excepto cuando se considere que ello es incompatible con el interés superior del niño. El niño que esté separado de uno o de ambos padres tiene derecho a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres. III.- Derecho a expresarse libremente y al acceso a la información: Los niños tienen derecho a expresar sus opiniones libremente y sus puntos de vista, obtener información y difundir informaciones e ideas de todo tipo. IV.- Derecho a una vida segura y saludable: Todos los niños disfrutan del derecho a la vida, a gozar de los beneficios de seguridad social, alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados. V.- Derecho a la protección especial en tiempos de guerra: Los niños refugiados o que traten de obtener el estatuto de refugiado serán objeto de protección especial, ya que el el niño debe, en todas circuntancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro. VI.- Derecho a la educación: El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria, por lo menos en etapas elementales. Todos los niños deberían tener acceso a la enseñanza secundaria. VII.- Derecho de los niños impedidos a la atención especial: El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social, debe de recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especial que requiere en caso particular. VIII.- Derecho a la protección contra la discriminación: Todos los derechos se aplican a todos los niños, y los niños deben ser protegidos contra toda forma que puedan fomentar la discriminación. IX.- Derecho a la protección contra los abusos: El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad, abusos sexuales y explotación. X.- Derecho a la protección contra el trabajo perjudicial: Los niños tienen derecho al descanso, al esparcimiento, al juego y a participar en actividades artísticas y culturales. XI.- Derecho a trato especial en caso de privación de la libertad Ningún niño será sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, ni será detenido o privado de su libertad ilícitamente. Todo niño privado de su libertad tendrá acceso a la asistencia jurídica, así como a mantener contacto con su familia. Los niños que haya transgredido las leyes, sean acusados o declarados culpables, cuentan con el derecho a recibir asistencia jurídica y trato respetuoso de sus derechos.
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