Actualizado hace: 938 días 8 horas 26 minutos
Giorgi Frank Gorozabel Intriago
Justicia administrativa

La Revolución Francesa de 1789 es, dentro del campo histórico y del Derecho, uno de los acontecimientos más sobresalientes para el avance de la humanidad, ya que con ésta surgen los principios fundamentales para los hombres y la división de los poderes; es decir, aparece de forma concreta lo que se conoce como poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Con este proceso revolucionario se pudo consolidar la responsabilidad del Estado, debido a que la actuación del Estado, que hasta ese momento era irresponsable, propio de las monarquías absolutistas en donde el Rey hacía siempre su voluntad y no rendía cuentas, pasa a transformarse en un Estado responsable al cual se le podía aplicar el rigor de la Ley.

Sábado 10 Mayo 2008 | 20:17

Es en este momento en que surge lo que se conoce dentro de las esferas de la legalidad como justicia administrativa. La justicia administrativa no es más que la aplicación del Derecho Administrativo en la relación entre el Estado y sus instituciones con los individuos o sus administrados. Entendamos al Derecho Administrativo como la rama del Derecho Público que regula la actividad del Estado y de los organismos entre sí, y para con los ciudadanos, para así lograr el cumplimiento de los fines administrativos; es decir, la justicia administrativa es la puesta en marcha de las normas y principios básicos que regulan a la Administración Pública. Debido al surgimiento de esta innovadora justicia administrativa, y tal como lo señalamos en líneas anteriores, el Estado se convierte en justiciable; es decir, el sometimiento del Estado al Derecho (imperio de la ley), cuya misión es precautelar los derechos subjetivos administrativos de los ciudadanos, ya que, en esencia pura, la justicia administrativa se ha convertido en los brazos del Constitucionalismo que procura limitar el poder público y frenar el abuso de poder. La justicia administrativa protege el bien jurídico de la legalidad del acto administrativo, dado que el acto administrativo es la parte esencial dentro del desenvolvimiento de la Administración, y que por mandato de la Ley se presume que una vez emitido es legal, por lo que los administrados, al sentirse afectados por la decisión del administrador, buscan a través de la Justicia Administrativa un pronunciamiento sobre la legalidad o ilegalidad en lo actuado por el funcionario público emisor del acto. Para aquello, encontramos que el administrado puede ejercitar dos tipos de acciones: una en vía administrativa mediante el procedimiento administrativo y otra en sede judicial a través del proceso contencioso administrativo. "El Estado se convierte en justiciable"
Compartir en Facebook
Compartir en Twitter
  • ¿Qué te pareció la noticia?
  • Buena
  • Regular
  • Mala

Más noticias