La iniciativa proviene del Comité por la Institucionalización Democrática, como parte de su proyecto que también apunta hacia la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).
Para el presidente César Litardo (AP) y el primer vicepresidente César Solórzano (PSP-BIN) se trata de un mecanismo que no permitirá funcionar de
manera óptima al Parlamento.
Litardo cree que eso dificultaría la aprobación de leyes y podría incrementar la “tramitología y la burocracia” en el Poder Legislativo.
Aunque solo el segundo vicepresidente, Patricio Donoso, está de acuerdo y argumenta que la bicameralidad funciona en por lo menos 100 países, esa tesis no es respaldada por los colegas de su propio bloque, como Homero Castanier, excoordinador de Creo.
La coordinadora de bloque de Alianza PAIS (AP) y presidenta de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, Ximena Peña, no se cierra al debate, aunque sostiene que “hay otros temas mucho más importantes que reformar la Función Legislativa”.
Propuesta. Incluso, el Presidente de la Asamblea ratificó que remitirá a la Corte Constitucional (CC) una propuesta de enmienda a la Constitución, que se enfocará en limitar las funciones del CPCCS para designar autoridades de control. ?
La iniciativa sigue en pie, a pesar de que la Corte ya emitió dos dictámenes que permiten al Comité de Institucionalización de la Democracia y al movimiento Ahora impulsar una reforma a la Carta Política para eliminar al CPCCS.
Los procedimientos para promover una enmienda o una reforma constitucional son distintos en formas y en tiempos, y están descritos por separado en los artículos 441 y 442 de la Carta Política.
En el caso de una enmienda promovida por la Asamblea Nacional, el trámite requiere de dos debates con un año de diferencia entre ambos. La iniciativa debe contar con el respaldo de por lo menos la tercera parte de los (137) miembros de la Asamblea. Mientras que una reforma impulsada desde la ciudadanía implica, entre otros requisitos, la recolección de firmas de respaldo equivalentes al 1% de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral, antes de la presentación en la Asamblea. Además, el proyecto debe ser sometido a dos debates con 90 días de diferencia entre
ambos. Y, posteriormente, ser sometido a un referéndum.
Uno de los escenarios es que el referendo se ejecute en las elecciones presidenciales del 2021.