La Corte de Apelaciones de La Haya rechazó la apelación de Ecuador de la sentencia de la Corte de Primera instancia.
Esta Corte había negado el pedido de anulación de los laudos de jurisdicción, parcial e interinos por los cuales el Tribunal consideró que tenía competencia para conocer el caso a pesar de que no existía inversión al momento de la vigencia del TBI, y otros en los que se ordenó a Ecuador tomar acciones para que la sentencia del juicio ambiental no sea ejecutada.