Actualizado hace: 938 días 3 horas 4 minutos
David Fabián Mieles Velásquez
Nueva cédula de ciudadanía

En estos días hemos visto que el Registro Civil se encuentra abarrotado de gente, para aplicar la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica de Gestión de Identidad y Datos Civiles (publicada el Jueves 4 de febrero de 2016, segundo suplemento – Registro Oficial Nº 684), que establece que las cédulas de ciudadanía y de identidad que hayan sido emitidas con formatos anteriores tendrán validez hasta la fecha de su caducidad, excepto las que no tengan un período de vigencia o refieran a la muerte del titular, que caducarán a partir de la expedición de esta Ley.

Miércoles 31 Agosto 2016 | 03:00

De la simple lectura de esta disposición deducimos que si su cédula de ciudadanía tiene una fecha de caducidad, tendrá validez legal ante cualquier dependencia pública o privada hasta que llegue la fecha indicada en el documento, a excepción de las cédulas que no tienen un período de vigencia o establezcan su vigencia hasta la muerte de su titular; en estas sí, sus portadores deben renovarla. 
En definitiva, si usted posee una cédula de ciudadanía con un formato anterior, pero cuenta con fecha de caducidad, este documento es válido hasta que se cumpla este plazo. Es importante que las instituciones públicas y privadas conozcan de esta disposición para evitarle contratiempos a la ciudadanía. 
 
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