En estos días hemos visto que el Registro Civil se encuentra abarrotado de gente, para aplicar la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica de Gestión de Identidad y Datos Civiles (publicada el Jueves 4 de febrero de 2016, segundo suplemento – Registro Oficial Nº 684), que establece que las cédulas de ciudadanía y de identidad que hayan sido emitidas con formatos anteriores tendrán validez hasta la fecha de su caducidad, excepto las que no tengan un período de vigencia o refieran a la muerte del titular, que caducarán a partir de la expedición de esta Ley.