Actualizado hace: 938 días 18 minutos
Impuestos
44% de recaudación viene de utilidades

La contribución sobre las utilidades es el mayor aportante en lo recaudado por la Ley Orgánica de Solidaridad.

Lunes 29 Agosto 2016 | 04:00

Así lo demuestran las cifras publicadas por el Servicio de Rentas Internas (SRI) en su página web con corte de recaudación al 16 de agosto, y de recursos transferidos hasta el día 23. En ese sitio la entidad actualiza la evolución de lo generado gracias a esa norma.

Hasta esa fecha se acumularon más de 617 millones de dólares por las cinco contribuciones solidarias que creó esa Ley, que tiene como objetivo recolectar fondos para las zonas afectadas por el terremoto del pasado 16 de abril.
 
>cifras.  Del total de lo recaudado, el 44,94 por ciento (más de 277 millones) corresponde al pago por las utilidades.
Este cobro, según el SRI, se ejecuta mediante el pago por una sola vez del 3 por ciento sobre las utilidades de sociedades obtenidas en el 2015.
La misma contribución también se aplica para las utilidades percibidas por las personas naturales a partir de los 12 mil dólares al año. Se aclara que para este cálculo no se consideran las rentas obtenidas en relación de dependencia. En la norma se establece que están exonerados Manabí y Esmeraldas de este pago.
 
>aportantes. En un ejemplo: si una sociedad tuvo utilidades por 10 mil dólares, su contribución será de $300. Si tuvo utilidades por un millón de dólares, pagará 30 mil.
En lo recaudado por este rubro los mayores aportantes son de Guayas y Pichincha, sumando alrededor del 84 por ciento de lo recaudado.
Pichincha representa alrededor del 49 por ciento y Guayas cerca del 35 por ciento.
Les sigue Azuay, que representa el 4,7 por ciento del total.
 
>patrimonio. La segunda contribución que más ha recaudado es la que se realiza sobre el patrimonio. Allí se han acumulado más de $ 147 millones, que es el 23,86 por ciento de la recaudación total.
Este rubro se paga por una sola vez y corresponde al 0,9 por ciento sobre patrimonios individuales iguales o mayores a un millón de dólares. Se excluye también a Manabí y Esmeraldas.
En un ejemplo, quien posea un millón de dólares en patrimonio paga $9 mil; quien posea 6 millones cancelará 45 mil dólares; y quien tenga 10 millones su pago será de 90 mil dólares. 
 
>bienes. La tercera contribución que más ha recaudado es la que corresponde a la que se realiza “sobre los bienes inmuebles existentes en el Ecuador y derechos representativos de capital de propiedad de sociedades extranjeras residente o no en paraísos fiscales”, detalla el SRI.
En el caso que el bien esté en paraísos fiscales la contribución será del 1,8 por ciento sobre el avalúo del bien. Lo mismo aplica al valor proporcional de las acciones de empresas ecuatorianas, cuyos accionistas se encuentren en paraísos fiscales. En ambos casos, si la empresa extranjera no está en un paraíso fiscal la tarifa será del 0,9 por ciento. Para este pago están exoneradas las sociedades en las cuales todos sus accionistas son ecuatorianos.
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