Actualizado hace: 938 días 10 horas 51 minutos
Pedro Vincent Bowen
¡Misión cumplida!

Ante el inesperado “cese” en sus funciones del rector de la ULEAM, estuvimos analizando hasta qué punto ha habido sustento legal para que el Consejo de Educación Superior (CES) emitiera la Resolución RPC-SO-15-No.168-2015, que entró en vigencia a partir del 15 de abril de 2015.

Martes 21 Abril 2015 | 04:00

En lo medular, el CES sostiene que “el periodo de cinco años para lo cual fueron elegidos el rector y el vicerrector de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí, Medardo Mora y Leonardo Moreira respectivamente, concluyó el 31 de marzo de 2015, puesto que se posesionaron en sus cargos el 31 de marzo de 2010, según consta en las Actas de Posesión”. Pero (el infaltable), a pesar de que el mismo CES menciona el Art. 193 del Estatuto de la ULEAM, aprobado por el Pleno del CES mediante Resolución RPC-SO-03-No.042-2014, de 22 de enero de 2014, no comprendo por qué no se lo aplica.
¿Qué dice el citado artículo?: “Postergación de convocatoria a Elecciones.- En casos excepcionales debidamente justificados, el Consejo Universitario podrá diferir o anticipar la convocatoria a elecciones de autoridades y demás miembros de órganos de cogobierno. La resolución para diferir o anticipar elecciones, deberá ser tomada por las dos terceras partes de los integrantes del Consejo Universitario. De no existir esta resolución, la autoridad o representante cesará automáticamente en sus funciones 90 días después de la conclusión del periodo para el cual fue elegido o designado”.
Y tal ha sido precisamente lo que resolvió el Consejo Universitario de la ULEAM en sesiones de noviembre 26 y diciembre 22 de 2014, según las respectivas actas: “… diferir la convocatoria a elecciones hasta el mes de junio de 2015, en razón del hecho excepcional de estar cumpliendo con un Plan de Fortalecimiento con fines de acreditación de la institución ante el CEAACES… y por lo tanto, en base al artículo 193 del Estatuto, el doctor Medardo Mora continúe en funciones prorrogadas y/o encargado del Rectorado…”
En todo caso los hechos están consumados y nuestra Alma Máter no puede quedar acéfala. Por tal, hemos visto con agrado la caballerosidad del rector fundador de la ULEAM, Medardo Mora, al dar cumplimiento a la resolución del CES, encargando el rectorado al decano más antiguo, con su conciencia tranquila por la misión cumplida, luego de haber dedicado los 30 mejores años de su vida a la Academia.
Confiamos en que el Consejo Universitario de la ULEAM llevará a cabo el proceso para elegir al futuro rector, en los términos señalados en la Ley de Educación Superior, a fin de evitar que, con cualquier pretexto, se pretenda “importar” a un “interventor”, tal está sucediendo con otros centros académicos del país. Tenemos suficientes candidatos manabitas con el perfil adecuado. Escojamos al que lo amerite.
 
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