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Ley
NUEVO CÓDIGO PENAL VIGENTE CON MÁS DE 70 NUEVOS DELITOS

Una mujer de 34 años fue asesinada en el interior de su domicilio el pasado 16 de julio y recibió ocho puñaladas.

Domingo 10 Agosto 2014 | 04:00

Eva Delgado Alcívar engrosó la lista de mujeres víctimas del femicidio en la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas. Las heridas fueron en el pecho, brazo y hombro derecho. 
La familia de Delgado acusó del asesinato a su exconviviente del crimen, según ellos, por celos.
“Siempre tenían problemas, incluso cuando vivían en España. Ella era víctima de violencia por parte de él, siempre la amenazaba de muerte”, aseguró un familiar de Eva.
A partir de hoy ‘’la persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de 22 a 26 años’’, según lo establece el artículo 141.
El femicidio se tipifica en el nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP) que entra desde hoy en vigencia con 730 artículos, 14 disposiciones reformatorias, 26 derogatorias y 23 generales donde se conciben todos los actos que en el país se consideran como delitos o contravenciones.
Nimia Macías, asesora de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) Mujeres en Ecuador, aseguró que están contentas de que se haya agregado el femicidio, pues en los últimos meses este tipo de actos se vive con mayor fuerza. 
“Ahora los hombres lo van a pensar mucho antes de tocar a una mujer con violencia. Ellos siempre han querido tener poder sobre la mujer y eso no debe ser así’’, señaló Macías.
 
 Más 
delitos. Pero el nuevo Código Penal no sólo viene con el femicidio como nuevo delito, pues hay más de 70 y también las contravenciones.
Imagine este escenario. Si usted como empleador contrata a alguien y retiene el dinero de las aportaciones patronales y personales o llegue a efectuar los descuentos de otros beneficios  y no los deposite en el  Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social en un plazo máximo de 90 días, le podría costar la cárcel de 1 a 3 años.
Vicente García es dueño de una imprenta y trabaja junto a seis personas más. ‘‘Es importante que se valoren los derechos de los trabajadores. Gracias a Dios yo cumplo con mis obligaciones y mis trabajadores están contentos’’, afirma el ciudadano.
También está tipificado el engaño al consumidor. Si por ejemplo, una empresa presenta un producto de una manera y su calidad e identidad son distintas a las presentadas será castigado con cárcel de seis meses a un año, según el artículo 235. Con base en esto, ahora existe la posibilidad de denunciar a aquellas personas que oferten artículos piratas.
En la Ley de Defensa al Consumidor sólo se contemplaban sanciones económicas a los infractores. 
Y entre las nuevas contravenciones con pena de 15 a 30 días de prisión está la venta de bebidas alcohólicas y cigarrillos a menores de edad.
El abogado Ronald Briones considera que para comenzar esta ley es buena porque anteriormente ésto no funcionaba de esta manera. 
“Antes lo sancionaba un comisario o la Intendencia de la Policía y no se acataba, pero ahora ya va con una justificación legal y que en caso de reincidencia tiene que ser castigado de manera más severa”, señala.
 
Violencia. En la nueva Ley penal hay cuatro artículos que sancionan las agresiones físicas, psicológicas y sexuales contra la mujer u otros miembros de la familia. Uno de estos es el artículo 159. Las heridas o lesiones que causen incapacidad de las víctimas (no mayor a tres días) se castigan con 7 a 30 días de prisión. Una encuesta del INEC señala que en el país seis de cada diez mujeres han sufrido violencia. Las agresiones psicológicas son las más recurrentes, con el 54 %.
El Art. 157 sanciona con prisión desde 30 días hasta un año a quien afecte psicológicamente a una mujer o a integrantes de la familia. La sanción varía dependiendo de los daños emocionales de la víctima.
También el nuevo Código permitirá recuperar la libertad a condenados por consumo de drogas o que hayan portado cantidades mínimas de esas sustancias, según el titular de la Defensoría Pública, Ernesto Pazmiño, tras asegurar que esa normativa ha establecido unas escalas para valorar las penas que se impongan a quienes trafiquen sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Indicó que el código penal anterior no hacía diferencias sobre las cantidades de drogas para establecer las condenas. 
Según el titular de la Defensoría Pública, se imponían las mismas penas si el procesado era encontrado con diez gramos de marihuana o con diez toneladas, lo que calificó como “injusto”.
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