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Código Monetario Financiero
Código Monetario Financiero
Por: René de la Torre

Jueves 24 Julio 2014 | 04:00

E l mencionado código se tramita en la Asamblea Nacional con trámite urgente (art. 140 de la Constitución). La Asamblea debe negarlo, modificarlo o aprobarlo en 30 días. Cuando la Asamblea no niegue, modifique o apruebe en el plazo señalado, el Presidente de la República lo promulgará como decreto-ley y se publicará en el Registro Oficial. Esto significa que entre en vigencia. Se trata nada menos y nada más de un cuerpo legal que reforma y deroga varias leyes y da mucho poder al Estado para dirigir y planificar la economía del país y el sistema financiero.

El proyecto del mencionado código ha desatado polémica y agrias discusiones entre los  que ejercen el Poder Político y los sectores de la empresa privada, como las cámaras de producción. 
Los temas que trata el proyecto son complejos y pone nuevas rutas para la marcha de la economía, hubiera sido más conveniente que la Asamblea lo conozca en trámite ordinario y así el diálogo se podría profundizar y la Ley sería aprobada con amplia discusión.
Existe disposición del proyecto, como la del art. 13 que crea la Junta de Política Monetaria con facultades muy amplias para la marcha de la economía, producción y destinos de muchos créditos bancarios, algunas de esas facultades son discrecionales y llama la atención que las personas que conforman la Junta cuando toman decisiones en cumplimiento de sus atribuciones no tengan responsabilidades Administrativas ni de otra índole y esto contraviene el art. 233 de la Constitución de la República que manda:    “Ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y serán responsables administrativa, civil y penalmente por el manejo de fondos, bienes o recursos públicos”.
El Código que está en discusión, una vez aprobado tendrá que acatarlo los actuales gobernantes, pero también deberán cumplir los próximos gobiernos.
Conceder facultades discrecionales a los entes públicos y librarlos de responsabilidades por las decisiones que tomen contraviene las bases republicanas y democráticas del Estado Ecuatoriano.
Frente a los problemas que está generando el proyecto en mención y todos los que rodean el país, que no son de poca monta, lo prudente es reflexionar para buscar siempre el Bien Común de nuestras comunidades.
 
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