Actualizado hace: 938 días 15 horas 46 minutos
Santo Domingo de los Tsáchilas
Ancianos, embarazadas y discapacitados mentales no pueden ir a prisión

El Código Penal protege a las embarazadas, ancianos y personas con discapacidad mental. Todas esas personas no pueden ser detenidas, según indican los artículos 58 y 59 de las penas en general.

Miércoles 29 Septiembre 2010 | 11:15

En el país estas medidas se las toma previo un examen médico en el cual se verifique si la mujer se encuentra  embarazada o el acusado tiene alguna deficiencia mental.
Lo que se les dicta, en caso de cometer algún delito, son  medidas cautelares, es decir medidas alternativas en donde se les priva de realizar acciones estando en libertad. 
Estas medidas se las toma para garantizar la protección de las personas y los derechos que recaen sobre ellos, dijo Mario Fonseca, abogado del juzgado segundo de Garantías Penales.
En Santo Domingo este año no han existido personas detenidas con estas características, según indicaron en el departamento de la Policía Judicial.
En el caso de las embarazadas y según explica el artículo 58: ninguna mujer embarazada podrá ser privada de su libertad, ni será notificada con sentencia que le imponga penas de prisión o reclusión, sino 90 días después del parto. A los ancianos, tampoco se les puede detener, dado el caso de que haya cometido un delito reprimido por la ley.

 Medidas cautelares. Carlos Julio Balseca, abogado del juzgado sexto de Garantías Penales, indicó que para este tipo de personas las medidas que se imponen son: presentarse una vez a la semana, prohibir la salida del país y el arresto domiciliario. Las personas que cometieran delitos, sin conciencia ni voluntad, son absueltos después de ser sometidos a exámenes médicos que incluyen los psicológicos. La Policía asegura que hay quienes aprovechan este marco legal para cometer delitos que llegan hasta los asesinatos.

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