La fiesta cívica del 10 de Agosto, jornada de descanso obligatorio, se trasladará al viernes 13 de ese mes, según el Calendario de Festivos Nacionales que rige para el 2010 y que elaboró el Ministerio de Turismo, con base en el Decreto Ejecutivo Nº 418 del 19 de junio del 2007.
Ese decreto invoca a la Disposición General Novena de la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa, que dispone que los feriados de descanso obligatorio establecidos en dicha ley y que correspondan a los días martes, miércoles o jueves se trasladen al día viernes de la misma semana.