Este proceso judicial, culminó con sentencias diferenciadas para ambos implicados. La investigación, se desarrolló tras una investigación exhaustiva que permitió desmantelar una operación ilícita en el corazón de Quito. Denis Alexander H., identificado como el principal operador en este caso, fue sentenciado a cinco años de prisión luego de que la Fiscalía demostrara su autoría directa en el delito durante la etapa de juicio.
El Tribunal de Garantías Penales, tras evaluar las pruebas presentadas, no solo lo condenó a la pena privativa de la libertad. También impuso una multa equivalente a doce salarios básicos unificados, considerando la gravedad de su participación. Stalin Andrés C. optó por acogerse a un procedimiento abreviado, en el cual reconoció su responsabilidad en los hechos investigados.
Este acuerdo con la Fiscalía resultó en una pena reducida de cuarenta meses de cárcel, cuya resolución se dio el 27 de marzo de 2025, durante la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio. Los hechos que llevaron a estas condenas se remontan al 30 de abril de 2024. Allí agentes de la Policía Nacional ejecutaron un operativo en el sector de San Juan, un barrio céntrico de Quito conocido por su actividad comercial.
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La investigación y detención de implicados
La intervención fue el resultado de información reservada que señalaba la existencia de una imprenta clandestina dedicada a la producción de dólares falsos. Esa noche, los uniformados irrumpieron en el lugar y sorprendieron a Denis Alexander H. operando una máquina impresora de alta precisión. Stalin Andrés C. se encargaba de manipular y organizar las láminas recién impresas de billetes falsificados.
La Fiscal de Fe Pública a cargo del caso detalló que, durante el allanamiento, se incautaron 1.621 láminas que contenían billetes con características muy similares a los de 20 dólares estadounidenses. Este hallazgo evidenció la magnitud de la operación ilícita, que buscaba introducir moneda falsificada en el mercado local. Este acto ilegal, afectó la economía y la confianza en el sistema financiero. Las pruebas recolectadas, incluyendo equipos de impresión y materiales utilizados, fueron clave para sustentar la acusación.
Ambos procesados fueron sentenciados con base en el artículo 306, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Allí se tipifica la falsificación de moneda como un delito grave, sancionado con penas de cinco a siete años de prisión. La diferencia en las condenas responde a las estrategias legales adoptadas por cada uno: mientras Denis enfrentó un juicio completo, Stalin negoció una reducción al aceptar su culpabilidad.
Este caso resalta el trabajo coordinado entre la Fiscalía y la Policía Nacional para combatir actividades delictivas que atentan contra la estabilidad económica del país. Las autoridades han reiterado su compromiso de perseguir este tipo de crímenes, que no solo generan pérdidas materiales, sino que también erosionan la confianza ciudadana.