Un Tribunal de Garantías Penales de Guayas condenó a Luis Alberto E. Ch., a 22 años de privación de libertad como autor directo del delito de violación contra una adolescente de 15 años. Ocurrió en el cantón Naranjal, provincia de Guayas. Los abusos ocurrieron en tres ocasiones entre diciembre de 2021 y abril de 2022, según la denuncia presentada por el padre de la víctima.
En un fallo unánime emitido el 8 de septiembre de 2025, el Tribunal de Garantías Penales de Guayas impuso sentencia.
La condena de 22 años de privación de libertad a Luis Alberto E. Ch., identificado como autor directo del delito de violación tipificado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Lo ocurrido
El caso involucra a una adolescente de 15 años como víctima, en hechos ocurridos en el cantón Naranjal, provincia de Guayas, entre diciembre de 2021 y abril de 2022. La denuncia por violación fue interpuesta por el padre de la menor el 4 de abril de 2022, tras descubrir evidencias de los abusos.
Los abusos se produjeron en tres ocasiones específicas: el 22 de diciembre de 2021, en enero de 2022 y el 4 de abril de 2022. Según el relato de la víctima, el violador, quien tenía acceso a la vivienda familiar, aprovechaba momentos en que la adolescente se encontraba sola para obligarla a subir a una motocicleta y trasladarla a un motel en las afueras de Naranjal.
Allí, la sometía a actos de violencia sexual, acompañados de amenazas de muerte contra ella y su familia si revelaba los hechos. Estas amenazas agravaron el trauma psicológico y físico sufrido por la menor, quien soportó en silencio los ataques por temor a represalias.
El descubrimiento de los abusos se dio de manera fortuita.
Uno de los hermanos de la adolescente accedió al celular del acusado de violación para realizar una configuración técnica y encontró videos e imágenes que evidenciaban los delitos. Este hallazgo impulsó la denuncia inmediata, permitiendo que la Policía Judicial y la Fiscalía iniciaran la investigación. La víctima, en su testimonio, detalló la dinámica de los ataques, destacando la manipulación y el control ejercido por el procesado.
Durante la audiencia de juzgamiento, el fiscal a cargo presentó un conjunto de pruebas que sustentaron la culpabilidad del violador. Entre ellas, se incluyeron pruebas documentales, periciales y testimoniales, con el testimonio de nueve personas clave: agentes investigadores de la Policía Judicial, médicos peritos, psicólogos, la madre de la adolescente y el testimonio anticipado de la víctima, realizado bajo protocolos de protección para evitar revictimización.
Adicionalmente, se expusieron informes especializados: el de la Dinapen (Dirección Nacional de Policía Niño y Adolescente), informes médico-legales que confirmaron lesiones consistentes con los abusos, el informe investigativo, de trabajo social, el reconocimiento del lugar de los hechos y la experticia de audio y video practicada al teléfono celular del agresor.
Estas evidencias demostraron la materialidad de la violación y la responsabilidad directa de Luis Alberto E. Ch., sin dejar margen para dudas razonables. El tribunal, tras analizar las pruebas, emitió la sentencia unánime, reconociendo la gravedad del delito agravado por la edad de la víctima y las amenazas involucradas.
Además de la pena principal, se impuso una multa de 800 salarios básicos unificados y una reparación integral de 10.000 dólares a favor de la adolescente, para cubrir daños físicos, psicológicos y emocionales.Medidas de protección y reparaciónLa sentencia incorporó disposiciones para salvaguardar la integridad de la víctima y su familia. (27)