La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo ratificó la sentencia que condena a Víctor Javier G. R. a 13 años de privación de libertad por el delito de prostitución forzada cometido contra un adolescente de 15 años. La decisión se adoptó luego de que la defensa no sustentara el recurso de apelación interpuesto contra el fallo de primera instancia. Además, se confirmó el pago de 5.000 dólares por concepto de reparación integral a favor de la víctima.
Durante la audiencia de apelación, realizada el 9 de junio de 2026, la Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional (Fedoti) sostuvo que en la etapa de juzgamiento se incorporaron elementos probatorios suficientes para demostrar la responsabilidad penal del sentenciado.
Entre las pruebas valoradas por el Tribunal constó el testimonio anticipado de la víctima, así como otros elementos periciales y documentales que fueron incorporados al expediente judicial.
Fiscalía defendió la sentencia
Según la información difundida por la Fiscalía General del Estado, el adolescente declaró que los hechos investigados ocurrieron entre noviembre de 2020 y enero de 2021, cuando el hoy sentenciado aprovechó su relación como instructor de catequesis para generar espacios de confianza con la víctima.
La institución informó que el proceso judicial permitió establecer que el adolescente fue trasladado por el procesado hasta un motel de Riobamba, donde se produjo el delito investigado. El expediente también recoge que posteriormente recibió entregas de dinero, aspecto considerado dentro de la investigación penal.
La Fiscalía señaló que estos antecedentes fueron analizados junto con el resto de la evidencia presentada durante el juicio.
Pruebas periciales respaldaron el fallo
El Tribunal también valoró el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y la evaluación psicológica practicada a la víctima, la cual determinó la presencia de estrés postraumático relacionado con los hechos materia del proceso.
Con base en los elementos presentados, la Sala Penal concluyó que la defensa no logró desvirtuar la sentencia emitida en primera instancia y resolvió ratificar la condena de 13 años de prisión, así como la reparación económica establecida en favor de la víctima.
El caso fue procesado por el delito de prostitución forzada, previsto en el artículo 101, inciso primero, numerales 1 y 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La resolución mantiene firme la sentencia mientras continúan las actuaciones previstas por la legislación ecuatoriana.

