El actual CNE es inconstitucional, porque fue designado por el CPCCS-T con violación del Art. 210 inciso tercero de la Constitución, que ordena: “Quienes se encuentren en ejercicio de sus funciones no podrán presentarse a los concursos públicos de oposición y méritos convocados para designar a sus reemplazos”. En este CNE, dos de los cinco miembros fueron parte del CNE inmediato anterior, el que presidía Gustavo Vega. Me refiero a Diana Atamaint, exviceministra de Agricultura con Correa, y José Cabrera Zurita, por el PSC. (El Universo, 28-X-2018, p. 3.) Esta designación viola además, entre otros, el Art. 424 de la Constitución, que dice: “Las normas y los actos del poder público deberán mantener conformidad con las disposiciones constitucionales; en caso contrario carecerán de eficacia jurídica”. Esta composición del CNE, y sus decisiones, al violar la Constitución, carecen de eficacia jurídica, y por lo tanto son nulas. Debería plantearse la nulidad de todo lo actuado por el CNE.