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SUELDOS
La afiliación al IESS de las amas de casas contemplará nueva Constitución
CONSENSUAR Augusto Barrera, enlace Gobierno-Asamblea, y los asambleistas Alexandra Ocles (der) y Norman Wray (al fondo) conversan sobre la plurinacionalidad en la primera reunión del taller de ayer, para una posición intermedia

La Asamblea Constituyente aprobó el articulado del Capítulo de Trabajo, propuesto por la Mesa 6 de Trabajo, Producción, Igualdad e Inclusión Social.

Miércoles 14 Mayo 2008 | 22:11

En su artículo décimo reconoce como labor productiva el trabajo no remunerado de auto-sustento y cuidado humano que se realiza en los hogares. Los asambleístas aprobaron por 83 votos el artículo sexto que señala que se reconoce y protege el trabajo autónomo y por cuenta propia realizado en espacios públicos, permitidos por la ley y otras regulaciones. Se prohíbe toda forma de confiscación de sus productos, materiales o herramientas de trabajo. El texto aprobado la tarde de ayer señala además que se impulsa la corresponsabilidad y reciprocidad de hombres y mujeres en el trabajo doméstico y en las obligaciones familiares. La protección de la seguridad social se extenderá progresivamente a las personas que tengan a su cargo el trabajo familiar no remunerado en el hogar, conforme a las condiciones generales del sistema y la ley. En el Art. 2, que tuvo 90 votos, se señala como modalidades del trabajo a las de relación de dependencia o autónomo, incluídas las labores de autosustento y cuidado humano, las que gozarán de reconocimiento y protección del Estado. Se reconocen como sectores sociales productivos a todos los trabajadores, esto es: a quienes laboran por cuenta propia o autónomo, comerciantes minoristas; en unidades económicas comunitarias, cooperativas, artesanales, asociativas, empresariales, familiares u otras; en actividades de auto sustento y cuidado humano. El Art. 3, que mereció 83 votos, se señala que el Estado impulsa el pleno empleo, la eliminación del subempleo y del desempleo. Sólo un sindicato Este derecho comprende el de formar sindicatos, gremios, asociaciones y otras formas de organización. Se señala que para todos los efectos de la relación laboral en las instituciones del Estado, el sector laboral estará representado por una sola organización. No a paralización de servicios públicos Se prohíbe la paralización de los servicios públicos de salud y saneamiento ambiental, educación, justicia, bomberos y seguridad social; energía eléctrica, agua potable y alcantarillado; producción hidrocarburífera, procesamiento, transporte y distribución de combustibles; transportación pública y telecomunicaciones. Sueldos justos En el Art. 5 se señala que la remuneración será justa, con un salario digno que cubra al menos las necesidades básicas del trabajador, así como las de su familia. Discapacidad El Art. 7, se aprobó con 92 votos, promueve la inserción y accesibilidad en igualdad de condiciones al trabajo remunerado de las personas con discapacidad. Afiliación al IESS El Art.10 reconoce como labor productiva el trabajo no remunerado de auto-sustento y cuidado humano que se realiza en los hogares. La protección de la seguridad social se extenderá progresivamente a las personas que tengan a su cargo el trabajo familiar no remunerado en el hogar, conforme a las condiciones generales del sistema y la ley. Este artículo fue aprobado con 91 votos. La revisión anual del salario básico se hará con el principio de progresividad. El salario tenderá a ser el equivalente al costo de la canasta familiar. Fondo de solidaridad para eléctricas Ni la propuesta de Sociedad Patriótica para que nuevamente se convoque a las autoridades militares al pleno de la Asamblea, ni los reclamos respecto al origen del articulado a votarse, impidieron el normal desarrollo de la sesión plenaria de ayer. Aprobado el orden del día, sólo fueron necesarios pocos minutos para votar el Mandato que fue leído por Secretaría. 84 votos aprobaron la disposición que permite la inversión de los recursos patrimoniales del Fondo de Solidaridad, en inversiones en las Empresas Eléctricas y Telefónicas que son propiedad el Fondo, inversiones que son indispensables para evitar el colapso del suministro de energía. Leyes del Trabajo Inmediatamente se inició el tratamiento del articulado sobre Trabajo, que motivó la protesta del asambleísta León Roldós, quien dijo que parte del texto propuesto no ha sido debatido y, por lo tanto, exigía se abra el debate. Al no permitirlo, apeló de la Presidencia: recibió seis votos. El artículo impugnado se refiere a que los profesionales en el sector público, están regulados por la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa, no por el Código Laboral. Roldós dejó planteada para mañana la reconsideración de la aprobación del Art. 3 que fue impugnado en su intervención anterior. 420 dólares Es el costo de la canasta básica. En la transitoria se aprobó que el salario debe ser equivalente. 92 votos Logró el art. 7 que hace referencia a la inclusión laboral de personas con discapacidad.
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