TELEFONÍA CELULAR Un juez niega amparo a operadora celular Porta
El juez cuarto de lo Civil (suplente) del Guayas, Félix Herrera Vergara, declaró improcedente y negó el Recurso de Amparo Constitucional planteado por Porta, contra la Superintendencia de Telecomunicaciones.
Frente a la denuncia de amparo presentada por la empresa Porta, y luego de los alegatos expuestos por los abogados la Superintendencia de Telecomunicaciones, de la Procuraduría General del Estado y de Porta, el Juez negó el amparo planteado por Eduardo Carmigniani Valencia, en su calidad de procurador Judicial de Porta.
Este dictamen demuestra que la Superintendencia de Telecomunicaciones sancionó a la empresa siguiendo el debido proceso y actuó apegada a derecho.
La infracción
La Superintendencia de Telecomunicaciones emitió el 8 de octubre una resolución contra el Conecel (Porta), por fijar y difundir en su página web y en sus “call center” tarifas que sobrepasaban el techo tarifario autorizado de 50 centavos de dólar más impuestos.
En un comunicado enviado a este medio, la Superintendencia explica que las sanciones que emite por infracciones cometidas por empresas operadoras y prestadoras de diversos servicios de telecomunicaciones son impuestas para proteger los derechos de los usuarios; precautelar el bien común; garantizar el cumplimiento y el respeto a las leyes y las condiciones establecidas en sus contratos de concesión; y, para mejorar la calidad del servicio.