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LEGISLATURA
Proyectan beneficios para entes seccionales

La legisladora Wilma Andrade (ID) presentó un proyecto de reformas a la Ley Especial de Distribución del 15 por ciento, del Presupuesto del Gobierno Central, para los gobiernos seccionales, que tiene como propósito hacer viable estos recursos para promover la equidad social y el desarrollo de la población más necesitada.

Lunes 22 Octubre 2007 | 21:03

Mientras, para ejecutar obras con sujeción a las leyes de contratación pública, el congresista Raúl Ilaquiche Licta (PK), representante de la provincia de Cotopaxi, planteó que las juntas parroquiales rurales reciban directamente los recursos transferidos por los municipios y consejos provinciales. Respecto a la propuesta de Andrade, ésta busca armonizar la ley con el artículo 242 del Código Político que, sobre el sistema económico del Estado, dispone que “la organización y el funcionamiento de la economía responderán a los principios de eficiencia, solidaridad, sustentabilidad y calidad, a fin de asegurar a los habitantes una existencia digna e iguales derechos y oportunidades para acceder al trabajo, a los bienes y servicios y a la propiedad de los medios de producción”. Para ello, prevé que estos recursos serán distribuidos sobre la base de los siguientes criterios: número de habitantes, necesidades básicas insatisfechas, capacidad contributiva, logros en el mejoramiento de los niveles de vida, y eficiencia administrativa. Según el proyecto, el ministerio de Economía realizará la correspondiente distribución. Juntas parroquiales La observación de Ilaquiche fue remitida a la Comisión de Descentralización, a fin de que sea acogida en el informe para segundo debate del proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Juntas Parroquiales Rurales. Según la propuesta, los recursos recibidos de los organismos seccionales serán exclusivamente manejados en obras para beneficio de la comunidad, de conformidad con el Plan de Desarrollo Parroquial y no podrán destinarse a gasto corriente, inversiones que serán plenamente justificadas antes de recibir los fondos. En este aspecto, se deberá crear espacios de participación y veeduría ciudadana, con la finalidad de democratizar la administración local. La asamblea parroquial está en la obligación de autoconvocarse, de manera pública, por los medios de comunicación más cercanos, altavoces y hojas volantes. 1. Sobre la asamblea parroquial En caso de inasistencia del presidente de la Junta Parroquial, se podrá nombrar un director. Si está uno de los miembros, éste deberá dirigir la asamblea. 2. Normas de calidad Para establecer logros en el mejoramiento de los niveles de vida de la población se utilizarán las normas de calidad y factores internacionalmente aceptados. 3. La repartición mensual Los recursos de los consejos provinciales y municipios, serán transferidos en alícuotas mensuales proporcionales dentro de los cinco primeros días de cada mes.
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