Actualizado hace: 937 días 19 horas 5 minutos
Enmienda constitucional vs. desarrollo territorial
Enmienda constitucional vs. desarrollo territorial
Por: Gabriel Zambrano Chávez
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Miércoles 24 Febrero 2021 | 10:25

 En el Tercer Suplemento del Registro Oficial 377 del 25 de enero de 2021, se publicó la Enmienda a la Constitución de la República del Ecuador. 

La enmienda tiene que ver con que, a continuación del numeral 3 del artículo 272 de la Constitución, se agregó otro numeral con el siguiente texto: “4. El número de kilómetros existentes, planificados y proyectados de vías rurales correspondientes al territorio y jurisdicción del gobierno autónomo descentralizado provincial”.
Esta enmienda cuenta con el dictamen de la Corte Constitucional, y determina un cambio en la distribución de recursos económicos por parte del Estado a los Gobiernos Autónomos Descentralizados de cada provincia.
Tras la aprobación, ahora se tomará como criterio el número de kilómetros existentes, planificados y proyectados de vías rurales en cada provincia al momento de entregar los recursos.
Sin duda alguna la vialidad es un catalizador de desarrollo económico, equidad e inclusión social, al jugar un rol transversal y estratégico dentro de la planificación nacional; por lo tanto, la implementación de esta enmienda deberá ser complementada por las reformas pertinentes que efectuará la Asamblea Nacional en el plazo máximo de 120 días contados a partir de la vigencia de la referida enmienda constitucional, reformas que se darán de manera directa entre otras al COOTAD. 
Como resultado de varios estudios generados por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe CEPAL, una de las características más visibles de América Latina es la fuerte brecha existente en los niveles de desarrollo económico y social entre territorios de un mismo país, dado que coexisten lugares donde la población goza de una calidad de vida similar a la que se tiene en países desarrollados, junto con otros que muestran enormes rezagos socioeconómicos. 
Por ello, la implementación de políticas que propicien la convergencia territorial y que logren un desarrollo territorial equilibrado, sustentable e incluyente resulta cada vez más necesaria para el progreso de los países de la región.
La actual Constitución precisó las competencias de cada uno de los gobiernos seccionales, centrando su gestión entre otras en la generación de infraestructura que favorezca el desarrollo, principalmente en vialidad; sin embargo, en nuestra Provincia, los dignatarios de turno en el ejercicio de sus funciones realizan obras de diferente índole aun sabiendo que la ejecución de las mismas muchas veces no forman parte de sus competencias, invirtiendo recursos de los presupuestos que podrían ser de mayor utilidad con una distribución más prolija.  
Se hace necesario, que los actuales y futuros dignatarios a más de conocer sus competencias, tengan claro los procesos a desarrollar con la finalidad de que su aporte sea más efectivo al desarrollo territorial sustentable mediante la construcción de proyectos que fomenten el Desarrollo Económico y Competitividad Territorial en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo y los Objetivos del Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 iniciativa global impulsada por la ONU.
 
Gabriel Zambrano Chávez 
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