Actualizado hace: 940 días 15 horas 5 minutos
René de la Torre Alcívar
Evaluación en la justicia

Miércoles 17 Julio 2019 | 04:00

El Consejo de la Judicatura que preside la Dra. María del Carmen Maldonado ha dispuesto que se evalúe a los jueces (as) de la Corte Nacional. Esto ha causado molestias en algunos jueces. Evaluar significa: “Estimar los conocimientos, actitudes y rendimiento…”.

Si la evaluación se hace sensatamente con verticalidad, la sociedad ecuatoriana sería la gran beneficiada. A todas y todos nos beneficia que la Justicia sea independiente, y al mismo tiempo que las decisiones judiciales sean transparentes, verticales y que se dicten sin favor ni temor.
Pero no solo se debe evaluar a los jueces (as) de la Corte Nacional, sino también a los jueces (as) de la Cortes Provinciales y Juzgados. Y sería también muy conveniente que la Fiscal General también evalúe si los fiscales actúan con la debida diligencia y respetan la seguridad jurídica.
En mi larga lucha por la Justicia, por más de 60 años, me he encontrado con fallos que causan desconcierto. Hace muchos años la Sala de lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Manabí dictó un sobreseimiento definitivo afirmando que la occisa se había suicidado con cuatro tiros de carabina, y que disparó con los dedos del pie derecho. Cuando el Dr. Ricardo Vaca, allá por 1967 leyó ese fallo, casi le da escalofríos. El fallo se publicó en la revista Estudio de Derecho Penal y Criminología de la PUCE. 
Ahora también hay fallos que causan desconcierto. El 28 de mayo del 2018, la Sala de lo Civil de la Corte Provincial de Justicia de Manabí (juicio N. 13302-2013-0092), en la parte resolutiva de su sentencia dijo:
“ADMINISTRANDO JUSTICIA (...) REVOCA  la sentencia de primera instancia que declara con lugar la demanda y en su lugar, dicta sentencia inhibitoria, con el contenido del presente fallo consecuentemente se desestima la demanda por falta de legitimación pasiva en la causa, al no existir una integración adecuada del litisconsorcio necesario lo que se encuentra motivado en este Fallo...”.
Si causó asombro cuando en un auto definitivo se dijo que una señora se había suicidado con cuatro tiros de carabina y que había disparado con los dedos del pie derecho, ahora también causa sorpresa que en sentencia se diga que se revoca la sentencia apelada y que a renglón seguido se dicta sentencia inhibitoria.
La evaluación tiene que hacerse con transparencia para que haya operadores de justicia que garanticen las tablas procesales y las leyes que invocan.
 
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