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Volver al aula
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Por: Elí Montesdeoca
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Domingo 07 Enero 2018 | 04:00

Quisiera volver al aula, donde abracé con convicción la noble profesión del derecho, teniendo la suerte de recibir las magistrales cátedras de grandes juristas cono el Dr. Julio Cedeño Cantos, en Derecho Civil; el Dr. Paulino Rivero Zambrano, en Derecho Penal; junto a jurisperitos de talla como el Dr. Encalada, Argudo, Izurieta, Robles y otros insignes maestros de la Ley, quienes a fuerza de su mística y paciencia nos enseñaron básicas normas del derecho universal y nacional.

Pero sucede que el mundo convulsionado de hoy, problemático y febril como dice el tango de Enrique Santos Discépolo, ¡… nos pone en la disyuntiva de que: si no lloras no mamas y si no robas eres un gil; porque a nadie importa si naciste honrado!.    
En el aula hoy también caída de la escuela Rafael María Mendoza, de Portoviejo, nos enseñaron que sólo se puede condenar con prueba plena, que los indicios son circunstancias, que indican o conducen a la investigación, que no son prueba; sin embargo, en el proceso 13267201500073, el tribunal líricamente expresó: “de lo analizado por este juzgador plural, si bien no existe prueba directa que vincule a …con el delito..., existen en su conjunto indicios…” etc, Y así condenaron con indicios, no con pruebas.
En la otra orilla, en la de los sin padrinos está el expediente 131201815070021, por la muerte culposa de una niña de 14 años, utilizando como arma del irresponsable beodo, un vehículo, para matarla en la vía Tosagua-Rocafuerte, se encuentra ese expediente desde el 15 de julio del 2015, sin hacer siquiera como primera diligencia el reconocimiento del lugar de los hechos; cuya noticia críminis conmocionó a la provincia. Pero el que dirigía la Gestapo criolla no tipificó el delito ni presionó para condenar a nadie con “prueba indiciaria”, como en otros casos.
En la misma orilla de los pobres está la concusión masiva a los agricultores inmersos en el expediente 130201814050016, que parece increíble que sea delito estatal con denuncia estatal, pero que duerme ya por tres años, sin Procuraduría ni Contraloría que lo impulsen; felizmente no prescribe.
¿Dónde queda la igualdad ante la Ley? ¿dónde la presunción de inocencia? ¿dónde la celeridad procesal? ¿dónde la imparcialidad, la objetividad, la no discriminación, la seguridad jurídica, la responsabilidad por retardo injustificado e inadecuada administración de justicia, la tutela efectiva, el debido proceso?          
¿Qué piensa el foro de los abogados jóvenes de este mal ejemplo? ¿qué principios rectores del derecho resuenan hoy en las remozadas aulas de las facultades de jurisprudencia? Creo que, al igual que Justiniano, el Padre del Derecho, mis maestros sonreirán desde el foro celestial, pensando haber perdido su mística y paciencia, para este siglo cambalache.   
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