Segundos después de aceptarla como su amiga, ya estaban sosteniendo una conversación que poco a poco llegó a un tono más íntimo.
De las palabras pasaron a los hechos, y pronto ambos mostraban más de lo normal en una conversación por video.
Luego de unas horas su “amiga” le volvió a escribir, pero esta vez para decirle que aquella sesión de contenido sexual estaba grabada y que la enviaría a sus mejores amigos de Facebook si no le depositaba una cantidad de dinero.
José entró en pánico y optó por bloquear la cuenta de esa persona.
Para el fiscal Pedro Piguave, en esta actividad se presentan dos delitos: acoso sexual y extorsión.
Al cometerse a través de las redes sociales se vuelve complicado ejecutar una sanción, porque en la mayoría de los casos el acosador o extorsionador está en otro país.
El primer paso para iniciar una investigación es encontrar la ubicación (IP) de la computadora usada para cometer el delito. De este trabajo se encargan expertos de la Unidad de Crimen Cibernético de la Policía que recibe denuncias de todo el país.
Sin embargo, para Walter Villavicencio, experto en Informática, poder ubicar el IP de una computadora puede tomar meses, ya que los proveedores de las redes sociales y generadores de sistemas informáticos como Google, Facebook, Yahoo tienen los bancos de datos de sus usuarios en Estados Unidos. Piguave indicó que para evitar ser víctima de estos delitos no se debe aceptar solicitudes de amistad de desconocidos.
Sanciones. Las sanciones para delitos como el acoso sexual y la extorsión a través de las redes sociales están contempladas en el Código Integral Penal (COIP).
Hay una pena privativa de libertad de uno a tres años para el delito de acoso, mientras que la extorsión es sancionada con prisión de tres a siete años.