Actualizado hace: 941 días 1 hora 29 minutos
Yuri Hernández Mendoza
PÁEZ Y LA MANGA DEL CURA

E n nuestro caso del territorio de la provincia de Manabí, se dieron desde antes de la Gran Colombia, quizás en forma a priori, pero fue con la ley de la división administrativa del Reino de Quito o Departamento del Sur de la Gran Colombia que se señaló los linderos provinciales. Y más tarde, ya en la era Republicana, el 25 de enero de 1936, en la Presidencia del Sr. Federico Páez, se dicta un Decreto disponiendo o conminando a los concejos cantonales a someterse de acuerdo a los decretos, leyes y ordenanzas vigentes en materia de división territorial, procedan a fijar detalladamente los linderos de cada cantón y de cada una de sus parroquias urbanas y rurales, en el término de sesenta días a contar desde la promulgación del presente Decreto.

Viernes 06 Marzo 2015 | 04:00

En tales circunstancias, la mayoría, por no decir todos los cantones, provincias y hasta las parroquias, revisaron sus límites territoriales conforme lo disponía el Decreto. Y es así como nuestra provincia señaló sus linderos correctamente, incluyendo los territorios de La Manga del Cura. Y escribo “incluyendo” ya que en estos momentos aspiran otras provincias parte de ese nuestro territorio; y lo que es más, cuando se nos quiso arrebatar los territorios de El Carmen, historia que por derecho nos correspondía, salimos airosos y con la creación del cantón con el mismo nombre. 
Ya que en ese entonces era parroquia de Chone y con este acontecer se ratificó la integridad territorial de La Manga del Cura al nuevo cantón y a la provincia de Manabí. Igual sucedió en todos los demás cantones manabitas. Es el momento para aclarar que en el caso de Jipijapa, ingresaban los territorios de Paján, Puerto López, Cayo Guale, Alejo Lascano, Machalilla, Pedro Pablo Gómez, Noboa, Sucre y Bellavista, que más tarde fue desmembrando con la creación de los nuevos cantones 24 de Mayo, Paján y Puerto López.
Lo importante es que para estas demarcaciones iniciales se consideraron los títulos reales del 20 de octubre de 1805, expedidos por el Oidor Alcalde de la Corte de la Real Audiencia de Quito, previo al informe del Subdelegado de tierras de Guayaquil, atendiendo a las diligencias del cacique Manuel Inocencio Parrales y Guale, en beneficio de los indios de esta población, cuya historia está consagrada en los anales de la biblioteca española de Indias, nuestra heredad aborigen; el Instituto Geográfico Militar y linderos consagrados en leyes y decretos. El sentimiento de manabitismo de sus habitantes serán siempre nuestras verdaderas razones.
 
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