Actualizado hace: 938 días 12 horas 55 minutos
CONSTITUCIÓN
12 artículos para enmienda

El bloque legislativo de Alianza PAIS aprobó ayer el tratamiento para enmienda de varios artículos de la Constitución del Ecuador.

Viernes 20 Junio 2014 | 04:00

En la primera jornada, los oficialistas lograron acuerdos para modificar doce artículos de la Carta Magna, mientras que en ocho se presentaron discrepancias y se aceptaron tres nuevos artículos propuestos por el presidente Rafael Correa el miércoles pasado.
Los tres últimos se refieren a que la Justicia tenga “la libertad de organizarse de acuerdo a las necesidades de cada territorio”; la comunicación social para que la información sea un servicio público; y, la plusvalía en las tierras para evitar la especulación.
Artículos. Entre los 12 artículos acordados están: la elección sin límites (artículo 114), la disminución de edad para candidatizarse a la presidencia de la República (142), cambios a la figura de acción de protección (88) y rol de las Fuerzas Armadas (158).
Además uno sobre seguridad social (369), fondos provisionales (372), cambios en la Contraloría (211 y 212), competencias de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (264) y sobre los delegados de la Defensoría del Pueblo (?214).
La presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira dio a conocer algunas de las enmiendas.
Una de ellas es la reelección indefinida que plantea eliminar del artículo 114 de la Constitución la frase “por una sola vez, consecutiva o no, para el mismo cargo” y que en el artículo 144 se suprima la frase “por una sola vez”.
Según informó Rivadeneira, se analizaron dos posibilidades que están en discusión para enmendar el artículo 142 de la Carta Magna y reducir la edad mínima para ser Presidente o Presidenta de la República.
En cuanto al rol de las Fuerzas Armadas, el bloque legislativo propone el apoyo de esa institución en la seguridad integral del Estado. 
Respecto de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), sugieren reformar el inciso tercero del artículo 104 de la Constitución y aclarar que los GAD pueden promover consultas populares pero únicamente relativas a las competencias exclusivas de sus respectivos niveles de gobierno. “Cada gobierno local podrá promover una consulta popular siempre y cuando tenga que ver con el irrestricto cumplimiento de sus competencias”, puntualizó Rivadeneira. 
Se prevé que este paquete de reformas vaya la próxima semana a la Corte Constitucional para que decida si los cambios a la Constitución se realizarán vía reforma o enmienda. 
Pero no está contemplada la consulta popular. 
 
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