Actualizado hace: 938 días 20 horas 7 minutos
ECONOMÍA
Salario digno para todos, menos para las domesticas

El presidente de la Federación de Trabajadores de Manabí, Plutarco Pico León, estima que un 90 por ciento de los trabajadores percibieron en el 2011 el salario digno, establecido en 350,70 dólares.

Sábado 31 Marzo 2012 | 00:00

Según Pico el cumplimiento se da porque nadie quiere problemas con el Ministerio de Relaciones Laborales. “Es clarito, a los inspectores les toca realizar los controles a las empresas y el que no cumple será sancionado”, dijo el dirigente.
Hasta hoy sábado, 31 de marzo, tienen de plazo los empleadores que no pagaron a sus trabajadores el salario digno para darles una compensación, lo cual se aplica para todos los trabajadores exceptuando a las trabajadoras domésticas.  Para este 2012 el salario digno será de 356,12 dólares, porque la canasta básica cerró a diciembre del 2011 en 569,79 dólares, explicó Margarita Bravo, tecnóloga en Banca.
Bravo dijo que en la empresa en la cual trabaja seis empleados recibirán bonificación del salario digno que varía entre 20 y 50 dólares, debido a que el mencionado personal percibió un sueldo inferior al salario digno. Además esas personas recibirán las utilidades que están próximas a pagarse, lo mismo que el resto de personal, más de 270 cuyo sueldo fue superior al salario digno. Para el 2012 el salario digno será de 356,12, porque la canasta básica a diciembre terminó en 569,79 dólares.
 
Necesidades. La contadora Margarita Bravo, explicó que según el Código de la Producción, en su artículo 10, el salario digno mensual es el que cubra al menos las necesidades básicas de la persona trabajadora así como las de su familia, y corresponde al costo de la canasta básica familiar dividido para el número de perceptores del hogar (1,6). 
El costo de la canasta básica y el número de perceptores del hogar serán determinados por el Inec, anualmente, lo cual servirá de base para la determinación del salario digno efectuada por el Ministerio de Relaciones Laborales.
Para determinar si un trabajador recibe el salario digno mensual se sumarán: el salario mensual, la décimo tercera remuneración dividida para 12 (22 dólares), cuyo período de cálculo y pago estará acorde a lo establecido en el artículo 111 del Código del Trabajo; la décimo cuarta remuneración dividida para 12 (22 dólares), cuyo período de cálculo y pago estará acorde a lo establecido en el artículo 113 del Código del Trabajo.
También deben sumarse las comisiones variables que pague el empleador a los trabajadores que obedezcan a prácticas mercantiles legítimas y usuales.<
 
Compartir en Facebook
Compartir en Twitter
  • ¿Qué te pareció la noticia?
  • Buena
  • Regular
  • Mala

Más noticias