PENALIZADO Castigos establecidos para el coyoterismo
RNI. El pleno del Congreso Nacional se allanó a los vetos parciales que presentará el presidente de la República, Alfredo Palacio, a las reformas al Código Penal, que establece sanciones para el coyoterismo.
En lo relacionado al tema penal, los legisladores aceptaron la propuesta del Ejecutivo, en la que se establece que se castigará con reclusión mayor de hasta ocho años a quienes, por medios ilegales, promuevan, faciliten, induzcan, financien, colaboren, participen o ayuden a la migración de personas, nacionales o extranjeras, desde el territorio ecuatoriano a otros países y una multa de 20 a 40 remuneraciones básicas.
Asimismo, se determinó que los actos de ejecución del tráfico de migrantes que produjere la muerte de personas serán sancionados con reclusión mayor extraordinaria de 12 a 16 años.
Además, que se impondrá reclusión mayor ordinaria de ocho a 12 años, si se produjeren lesiones en las personas, de conformidad con lo previsto en los artículos 465, 466 y 467 del Código Penal.
Los parlamentarios se allanaron a la propuesta de que el juez competente ordenará la aprehensión e incautación inmediata del transporte clandestino utilizado, cuando accidentado el mismo, resultaren personas muertas o lesionadas.
INCIDENCIA
Ecuador es un país donde se desarrolla mucho esta actividad ilícita.