Aprobación de la eutanasia merece un mayor análisis



Una vez que la Corte Constitucional se pronunció por la despenalización de la eutanasia asistida en Ecuador, es necesario que, antes de definir la reglamentación y las reformas legales, se analice en profundidad sus implicaciones y los casos en los que procede.

Hablar de eutanasia es referirse a asuntos tan cruciales como la protección de la vida y los derechos a la calidad de vida.

Además a la integridad personal, la libertad de conciencia, entre otros.

“La eutanasia es un tema delicado, que enfrenta leyes y derechos”.

Es un tema controvertido en el que se enfrentan asuntos punibles y de derechos; por lo tanto, es posible que genere posiciones extremas.

La sentencia de la Corte Constitucional pone un punto decisivo en la jurisprudencia ecuatoriana.

Aunque refiere, se podrá acceder a la eutanasia asistida cuando “una persona, expresando su consentimiento inequívoco, libre e informado (o a través de su representante cuando no pueda expresarlo), solicite acceder a un procedimiento de eutanasia activa”.

Es un recurso para personas que padezcan un intenso sufrimiento, originado por una lesión corporal grave e irreversible, o una enfermedad incurable.

Falta, ahora, que se establezcan definiciones frente a un asunto tan delicado. La reglamentación debe hacerse con mucho detalle, sin dejar espacio al error ni a las omisiones.

Editorial de El Diario publicado el jueves 8 de febrero del 2024 en nuestra edición impresa.