La Fiscalía procesa a sospechoso de incitar a su esposa a suicidarse, luego de años de violencia psicológica. El caso ocurrió en Quito, el pasado 4 de marzo de 2024. La víctima sobrevivió tras ingerir desengrasante y denunció los hechos. El agresor, Diego Michael E. L., enfrenta una instrucción fiscal de 90 días.
Una relación marcada por el control y el abuso
Según la información oficial, la relación entre el procesado y su pareja —con quien tenía dos hijos en común— se deterioró progresivamente desde 2019. La víctima, quien además tenía dos hijos de una relación anterior, era ama de casa y dependía económicamente del hombre, quien se presentaba como empresario.
Durante la audiencia de formulación de cargos, el fiscal expuso que el acusado ejercía control total sobre los recursos económicos del hogar y sometía a su esposa a una constante violencia psicológica. El historial de maltrato incluye humillaciones, desprecios e infidelidades. La situación se agravó en marzo de 2024, cuando la pareja decidió separarse. Sin embargo, el 4 de marzo, el procesado acudió al domicilio con la excusa de hablar sobre una posible reconciliación.
El día del intento de suicidio en Quito
Ese mediodía, Diego Michael E. L. encerró a la mujer en el baño y comenzó una acalorada discusión. En medio de los gritos e insultos, lanzó frases como: “Si eres valiente, debes suicidarte. Solo los valientes se suicidan. Si tú mueres, no pasa nada”.
Minutos después, abandonó el lugar. La víctima, en un estado de conmoción emocional, bebió un desengrasante. Fue uno de sus hijos quien la encontró a tiempo y logró llevarla al hospital, donde los médicos le salvaron la vida. No obstante, las lesiones causadas a su sistema digestivo son permanentes.
Pruebas, proceso judicial y medidas de protección
El fiscal del caso sustentó su teoría con múltiples elementos de convicción: historia clínica, peritajes psicológicos, informe social, reconocimiento del lugar de los hechos y el testimonio anticipado de la víctima de instigación al suicidio. Actualmente, la mujer y sus hijos están bajo medidas de protección, incluyendo boleta de auxilio. El procesado, por su parte, debe presentarse periódicamente ante la Fiscalía y tiene prohibido salir del país.
De acuerdo con el artículo 154.1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), la instigación al suicidio se sanciona con uno a tres años de prisión, siempre que se pruebe la influencia directa del agresor en el intento de quitarse la vida.
Contexto legal y social del delito de instigación al suicidio
En Ecuador, los casos de violencia intrafamiliar han aumentado de manera alarmante. La Fiscalía General del Estado ha identificado que la violencia psicológica y económica suele ser menos visible, pero igualmente letal. Cuando no se detecta a tiempo, puede derivar en tentativas de suicidio u otras consecuencias graves. Este caso, que involucra la instigación al suicidio, marca un precedente importante al visibilizar cómo los patrones de abuso pueden empujar a las víctimas a tomar decisiones extremas (31).