Rubén Patricio G. S., Bryan Paúl G. S. y Santiago Rafael C. S.,fueron sentenciados a cuarenta años de cárcel por el delito de asesinato. Ocurrió el 29 de diciembre de 2025 en Riobamba, provincia de Chimborazo, Ecuador, como coautores del delito de asesinato perpetrado el 12 de mayo de 2024 en la avenida 9 de Octubre.

El hecho se originó en una discusión que escaló a una riña, durante la cual los agresores apuñalaron a la víctima. Esto le causó un shock hipovolémico por corte de la arteria femoral izquierda y hemorragia interna aguda, lo que provocó su muerte. Dos acompañantes de la víctima también resultaron gravemente heridos, pero sobrevivieron gracias a atención médica oportuna.

El crimen

El 12 de mayo de 2024, la víctima se encontraba en el sector de la avenida 9 de Octubre junto a dos personas y los ahora sentenciados. Una discusión derivó en una violenta riña, en la que los tres procesados utilizaron cuchillos para atacar al hombre, infligiéndole heridasmortales. Las lesiones provocaron un shock hipovolémico y un corte en la arteria femoral izquierda, generando una hemorragia interna aguda que causó el deceso.

El Fiscal de la Unidad de Personas y Garantías presentó evidencias clave, incluyendo el acta de levantamiento delcadáver. Además, el informe de autopsia, el informe de inspección ocular técnica, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y levantamiento de indicios. Entre las pruebas está el informe pericial de audio y video, así como informes investigativos de la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida (Dinased).

Con estas pruebas, Fiscalía desvirtuó la teoría de la defensa, que alegaba legítima defensa para buscar una reducción de pena. Los jueces acreditaron la versión fiscal y, dada la gravedad de los hechos, aplicaron la máxima sanción prevista en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) para el delito deasesinato.

Medidas adicionales de la sentencia

Además de la pena privativa de libertad de 40 años, el tribunal ordenó el pago de una multa equivalente a 1.500 salarios básicos unificados y una reparación integral de 10.000 dólares a favor de los familiares de la víctima. Los sentenciados fueron declarados coautores del delito de asesinato, respetando los principios de presunción de inocencia durante el proceso y basando la condena en pruebas practicadas en juicio.

La provincia de Chimborazo ha mantenido tasas bajas de homicidios intencionales en comparación con zonas costeras del país. Durante 2025, regiones como Chimborazo registraron cifras mínimas o incluso cero homicidios en ciertos períodos, contrastando con el aumento nacional de muertes violentas, que superaron las 6.400 hasta agosto.

Este caso representa uno de los hechos graves resueltos judicialmente en la zona, destacando la respuesta institucional ante delitos violentos con armas blancas. El COIP establece la pena máxima de 40 años para el asesinato en circunstancias agravadas, como las acreditadas en este proceso.

Resolución y reparación

La sentencia refuerza la aplicación de la norma penal en casos de extrema gravedad, priorizando la protección a las víctimas y sus familias. Fiscalía continúa procesos similares para garantizar el acceso a la justicia en delitos contra la vida, en coordinación con unidades especializadas como Dinased. Este fallo cierra un caso iniciado en 2024, contribuyendo a la estadística de resoluciones judiciales en la provincia.(27)