La justicia española autorizó que Noelia Castillo Ramos, una joven de 25 años residente en Barcelona, España acceda a la eutanasia este jueves 26 de marzo, luego de un proceso judicial que se extendió por cerca de 20 meses.

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La decisión se produce tras la validación de organismos médicos y tribunales que consideraron que cumple con los requisitos establecidos en la legislación vigente.

La joven solicitó el procedimiento debido a un cuadro de depresión severa asociado a una condición física irreversible derivada de un hecho traumático ocurrido en su adolescencia.

Estado de Noelia

Castillo quedó con paraplejia tras un intento de suicidio relacionado con una agresión sexual. 

Desde entonces, su estado de salud se ha caracterizado por una discapacidad del 74%, movilidad reducida y dolores neuropáticos persistentes.

Según explicó en entrevistas televisivas, la combinación de secuelas físicas y afectaciones emocionales la llevó a pedir la muerte asistida como una forma de terminar con su sufrimiento.

Proceso médico y disputa familiar marcaron el caso

En 2024, la joven inició formalmente la solicitud de eutanasia, la cual fue evaluada y aprobada por los comités médicos correspondientes, así como por la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña.

Estas instancias determinaron que su caso se ajustaba a los criterios legales, que incluyen padecimiento grave, sufrimiento constante y decisión informada.

Sin embargo, el proceso enfrentó oposición dentro de su entorno familiar. Su padre, con el respaldo de organizaciones como Abogados Cristianos, presentó recursos legales para frenar la intervención.

Esto derivó en una cadena de apelaciones que retrasaron la ejecución del procedimiento durante casi dos años. En declaraciones públicas, la joven afirmó que su familia no comparte su decisión, pero sostuvo que su voluntad debía prevalecer.

Resoluciones judiciales y cierre del proceso

Con el avance del caso, tribunales de distintas instancias respaldaron la solicitud de Castillo. La justicia catalana avaló inicialmente el procedimiento, criterio que fue ratificado posteriormente por el Tribunal Supremo, al considerar que la oposición familiar no podía anular un derecho individual reconocido por la ley.

Más adelante, el Tribunal Constitucional rechazó el último recurso presentado por la familia, al no encontrar vulneración de derechos fundamentales.

Ante esto, el caso fue llevado al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en Estrasburgo, donde se solicitó una medida cautelar para suspender la eutanasia. Esta petición fue desestimada en marzo de 2026, lo que dejó firme la autorización.